La delegación Hidalgo del ISSSTE informó que en respuesta a una sentida demanda social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) otorgará a trabajadores, padres o madres de niños menores de 16 años diagnosticados con cualquier tipo de cáncer que se encuentren en tratamiento en los hospitales del organismo, licencias laborales para su cuidado, cuando a criterio del médico tratante, el menor requiera de la vigilancia y apoyo de los padres en periodos críticos de hospitalización, reposo en casa o incluso en etapas de cuidados paliativos.
Esta medida es en estricto cumplimiento del decreto presidencial publicado el 4 de junio en el Diario Oficial de la Federación, el cual garantiza este apoyo humanitario para contribuir de manera solidaria a aliviar la carga que representa el hacerse cargo de apoyar a los hijos que se encuentran en tratamiento y rehabilitación del cáncer, en cualquiera de sus etapas.
La licencia se otorgará con respeto a los derechos laborales y sin poner en riesgo la estabilidad en el trabajo del padre o la madre.
Para dar certeza jurídica a este derecho, se adicionó el Artículo 32 Bis de la Ley del ISSSTE y en un acto sin precedente de sensibilidad política, la ley tiene previsto, además de las licencias de cuidado al paciente oncológico pediátrico, el otorgamiento de un subsidio económico como un apoyo adicional a los padres trabajadores, que cumplan con ciertos requisitos.
El Artículo 32 Bis establece: “Para los casos de madres o padres trabajadores asegurados, cuyos hijos de hasta dieciséis años hayan sido diagnosticados por el Instituto con cáncer de cualquier tipo, podrán gozar de una licencia por cuidados médicos de los hijos para ausentarse de sus labores en caso de que el niño, niña o adolescente diagnosticado requiera de descanso médico en los periodos críticos de tratamiento o de hospitalización durante el tratamiento médico, de acuerdo a la prescripción del médico tratante, incluyendo, en su caso, el tratamiento destinado al alivio del dolor y los cuidados paliativos por cáncer avanzado.”
La licencia expedida por el ISSSTE tendrá una vigencia de uno y hasta veintiocho días, y podrán expedirse las licencias que sean necesarias durante un periodo máximo de tres años, “sin que excedan trescientos sesenta y cuatro días de licencia, mismos que no necesariamente deberán ser continuos”.
Esta licencia sólo podrá otorgarse a petición del padre o la madre que acredite tener la patria potestad del infante con cáncer, y en ningún caso podrá otorgarse a ambos padres.
En cuanto al subsidio, el artículo adicionado precisa que los padres o madres trabajadoras asegurados afiliados al ISSSTE, “que hayan cubierto por lo menos treinta cotizaciones semanales en el periodo de doce meses anteriores a la fecha del diagnóstico por los servicios médicos institucionales, y en caso de no cumplir con este periodo, tener al menos registrada cincuenta y dos semanas de cotización inmediatas previas al inicio de la licencia, gozarán de un subsidio equivalente al sesenta por ciento del último salario diario de cotización registrado por el patrón”.
De igual forma, esta prestación sólo podrá otorgarse o al padre o a la madre.
En caso de requerirlo, el ISSSTE podrá expedir a alguno de los padres trabajadores asegurados, una constancia que acredite el padecimiento oncológico de su hijo o hija y la duración del tratamiento respectivo, a fin de que el patrón o patrones de éstos tengan conocimiento de tal licencia.
La ley también especifica que las licencias de cuidados para hijos con cáncer podrán cesar cuando a pesar de estar en tratamiento, el paciente no requiera de mayores cuidados, cuando el menor cumpla 16 años, en caso de fallecimiento del menor, o cuando el ascendiente que goza de la licencia sea contratado por un nuevo patrón.