En sesión pública, el Tribunal Electoral del Estado emite amonestaciones públicas, la primera de ellas al alcalde de Tlanchinol Pablo Salazar Hernández, a quien se le ordenó tomar las medidas necesarias para que dentro del término de cinco días hábiles contados a partir de la notificación de la sentencia, conteste los oficios a la parte afectada, mientras que la segunda fue para al síndico procurador de Tepeapulco Ivan Islas, por incumplir disposiciones oficiales
Del primero de los tres juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano resueltos, fue el relacionado al caso asentado en el expediente TEEH-JDC-016/2019, fue promovido por Diana Berenice López Borges, en su carácter de regidora del Ayuntamiento de Tlanchinol, Hidalgo, quien denunció violaciones a su derecho individual a ser votada en la modalidad de ocupar y desempeñar el cargo.
Al respecto, el magistrado ponente Manuel Alberto Cruz Martínez, señaló en su resolución, que con las pruebas correspondientes, se propuso de declarar como fundados los agravios expresados por la actora, ya que la autoridad responsable no acreditó la entrega de la documentación necesaria para que la regidora pudiera llevar a cabo sus funciones.
“Al mismo tiempo, se ordena al Biólogo Pablo Salazar Hernández, Presidente Municipal de Tlanchinol, tomar las medidas necesarias para que dentro del término de cinco días hábiles contados a partir de la notificación de la sentencia, conteste los oficios de López Borges”.
Del segundo asunto asentado en el expediente TEEH-JDC-017/2019, fue propuesto por la ponencia de la Magistrada Mónica Patricia Mixtega Trejo, quien planteó sobreseer el juicio por extemporáneo, propuesta que fue avalada por unanimidad de votos.
Respecto al tercer caso, asentado en el expediente TEEH-JDC-019/2019, por medio del cual regidores del ayuntamiento de Tepeapulco, Hidalgo, denunciaron la negativa del síndico jurídico de proporcionarles copias certificadas de la carpeta de investigación identificada con el número NUC-03-2019-0317.
De acuerco con el magistrado ponente, Manuel Alberto Cruz Martínez, al hacer un análisis profundo del tema, y con las pruebas presentadas por las partes involucradas, se concluyó que la autoridad responsable mostró una negativa de proporcionar la información requerida por sus pares como miembros del máximo órgano del municipio, que es el ayuntamiento, además de que también se le hizo una amonestación pública.