En sesión pública los magistrados que conforman el pleno del Tribunal Electoral del Estado, resolvieron respecto a cuatro juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, de los cuales uno fue enviado al archivo y considerarlo como resuelto en su totalidad, mientras que los otros tres fueron calificados de infundados.
Del primero de los asuntos con número de expediente TEEH-JDC-016/2019- INC-1 el magistrado ponente Manuel Alberto Cruz Martínez, manifestó que luego de un estudio a fondo del caso denunciado por la regidora de Tlanchinol Diana Berenice López, se determinó considerarlo como resuelto de manera total, además de que se determinó enviarlo al archivo.
Con relación al segundo expediente con número TEEH-JDC-114/2019 interpuesto por José Alfredo Chavarría, que estuvo a cargo de la magistrada presidenta del organismo electoral María Luisa Oviedo Quesada, la titular del organismo electoral manifestó que en este caso se impugnó la supuesta omisión legislativa del Congreso del estado para establecer en los cargos públicos por voto popular, concurso o designación directa, las personas con discapacidad puedan ser postuladas.
En este caso, además de que en la legislación ya se cuenta con acciones para que haya oportunidades a este sector de la población, se consideró como un riesgo el hecho de que se tenga que salir de las normas ya que la situación puede ser aprovechada por algunos actores con contra de las personas con algina discapacidad por lo que se declararon infundados los agravios del accionante”.
Respecto al tercer caso resuelto el cual estuvo asentado en el expediente TEEH-JDC-131/2019, interpuesto por Erik Tellez Hernández; Martín García López y Arturo Copca Becerra, el cual estuvo bajo la revisión de la magistrada Mónica Patricia Mixtega Trejo, la funcionaria manifestó que los actores se inconformaron por la resolución del IEEH relativo a convocatoria a los interesados para los cargos de consejeros electorales municipales, por lo que una vez analizado el caso se determinó calificar de infundados los agravios.
Finalmente con relación al Juicio asentado en el expediente EEH-JDC-132/2019, se confirmó el acto impugnado, por lo que en términos de la parte conducente de la presente sentencia, se decidió dar vista de la presente resolución a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo,
acompañada de una copia del expediente en que se actúa a fn de que se investigue la posible comisión de un delito en la materia.
- Del segundo caso se determinó mantener bajo resguardo los datos personales del accionante.
- Se determinó que cada resolución se notificara como en derecho corresponda al actor y por oficio a la autoridad responsable, así como del conocimiento público, a través del
portal web del Tribunal Electoral.