Pachuca.- En sesión pública los magistrados del Tribunal Electoral del estado, resuelven dos Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano entre los que destacó la aprobación para solicitar al Partido local Más por Hidalgo, no negar el registro como candidato a presidente municipal de Molango a Rodrigo Velazco Téllez.
Durante los trabajos de la sesión pública, la magistrada ponente Patricia Mixtega Trejo, manifestó que después de un análisis a fondo del expediente número TEEH-JDC-006/2020, el quejoso, manifestó su inconformidad luego de que le fuera rechazada no solo por su partido sin por el IEEH su intención de aspirar a la candidatura de su instituto político para la presidencia municipal de Molango, bajo el argumento de que no cumple con el requisito de la edad ya que de acuerdo a la ley en la materia debe tener 21 años.
“Una vez realizado el análisis de las constancias que integran el expediente se propone declarar fundados los agravios toda vez que se considera que la autoridad aplico inexactamente la ley al violar os principios de igualdad y no discriminación al actor para participar en el registro como precandidato para participar en el proceso interno de selección y postulación de candidatos para la elección de la renovación de ayuntamientos del siete de junio del año en curso”.
De igual manera, se dio a conocer que si bien el aspirante tendrá el día de la elección poco más de 20 años con nueve meses, para el día de la toma de protesta en caso de que ganara ya tendría los 21 años de edad por lo que el requisito quedaría totalmente cumplido de acuerdo a la ley.
Cabe mencionar que en la misma sesión Mixtega Trejo, dio a conocer los resultados de la resolución del expediente TEEH- JDC- 002/2020, iniciada a solicitud de Guadalupe Elizalde Martínez y otros quienes impugnan la decisión del ayuntamiento de Cuautepec de Hinojosa, respecto a que de acuerdo con sus dichos, a pesar de haber sido designados como delegados y subdelegados el cargo les fue cambiado aparentemente para no pagar por las labores que realizan en sus comunidades.
“En el caso de un grupo de nueve los impugnantes, se propone sobreseer o dar por terminado el medio de impugnación, por otra parte en el caso de Nicolás Hernández López, quien presentó escrito para adherirse al escrito primigenio pero al no cumplir con el requisito de tener un derecho activo con los actores sino que solamente apoyaba a los demandantes, se propuso tenerlo por no presentado”.