Los trabajadores no podrán faltar a sus centros laborales hasta que no lo determine el Consejo General de Salud considerando si se activa la contingencia sanitaria por el coronavirus, o en todo caso podrían hacerse acreedores a consecuencias jurídicas, así lo informó la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del estado, María de los Ángeles Eguiluz Tapia.

En conferencia de prensa indicó que para que no existan repercusiones jurídicas tanto para los empleadores como los trabajadores, se tiene que declarar la contingencia sanitaria y sólo de esta manera se aplicará lo que establece la ley del trabajo para que las personas no pierdan su fuente de empleo.

No obstante recalcó que se puede establecer una contingencia sin necesidad de que se suspenda la actividad laboral, “si se declara pueden suceder dos vertientes, una que la contingencia establezca que haya suspensión de las actividades, pero puede haber sin que haya tal medida” explicó la titular.

Salta Hidalgo 24 lugares en transparencia en gasto en salud

Además agregó que en caso de que un trabajador resulte contagiado puede suspenderse la relación laboral con él pero esto no significa que termine, y en caso de que todos los trabajadores estén contagiados  si se aplicará una suspensión colectiva.

En cuanto a la STPSH, dio a conocer que continuarán brindando asesoría a las personas que acudan a las oficinas, ya sea de forma presencial pero tomando las medidas de salud recomendadas, y telefónica.

Finalmente aclaró que el apoyo económico anunciado por el Gobernador del Estado de tres mil 750 pesos será únicamente para aquellas personas que resulten positivo en COVID-19 y no cuenten con prestaciones laborales a efecto de que puedan tener ellos recursos económicos para sostener esta contingencia, no para quienes decidan parar sus labores por prevención de contagio.