Dr. Edgar Manuel Castillo Flores
El ruido suele ser algo común, que casi siempre es parte de lo que nos rodea en nuestra vida cotidiana. Sin embargo, para pensar y reflexionar con una mayor claridad y ordenar nuestras ideas y pensamientos, una gran herramienta es el silencio, pues nos puede permitir realizar estas actividades con mayor eficiencia.
De este modo silencioso, la reciente reforma constitucional al Art. 30 publicada en el D.O.F. en materia de nacionalidad mexicana; en términos generales, es un gran avance para los connacionales fuera de las fronteras nacionales, al ampliar los términos de nacionalidad a los descendientes de padres mexicanos, de madre mexicana o de padre mexicano. Es decir, se da paso a una nueva modalidad que abre un candado que limitaba la nacionalidad mexicana, pues para tener esa calidad era necesario que los padres debían haber nacido en territorio nacional.
Como antecedente se cuenta que, hasta 1997, la constitución mexicana tenía un sentido muy excluyente para los mexicanos que migraron fuera del país en materia nacionalidad- En particular, la exclusión se evidenciaba a la descendencia de esta migración. Es decir, los hijos de las personas que migraron no podían ser mexicanos, al tener una nacionalidad de otro país. Hasta ese año, el principio constitucional establecía que se perdía la nacionalidad mexicana al tener otra nacionalidad. En ese mismo año, se realizó un ajuste constitucional que permitió la doble nacionalidad. Así, solo los hijos de la primera generación eran quienes gozaron de ese beneficio, dado que si el padre o la madre había nacido en México, esto les daba por ende la nacionalidad mexicana. Empero, esta modificación no fue tan sustancial pues no se avanzó del todo en los registros de nacionalidad, a pesar de ser un paso importante.
En este sentido, para mayo de 2021, hubo otra reforma constitucional al Art. 30, de mayor alcance y amplitud con miras a futuro. Pues, implicó que la descendencia desde la primera generación y así sucesivamente a las siguientes generaciones sean consideradas con la nacionalidad mexicana. Es decir, como en el caso italiano, se establece una continuidad de herencia de sangre.
En el dato duro indica que, a la población que habita nuestro territorio que es de aproximadamente 128 millones de personas, a ello se le suma la población mexicana en el extranjero de cerca de 37.5 millones. Vamos, de un día para otro, 37 millones de personas son mexicanas con la igualdad de derechos, de nacionalidad y ciudadanía. Aunque aún están pendientes algunas restricciones de la doble nacionalidad y el acceso a determinados cargos de gobierno, pero el avance es considerable e histórico.
La doble nacionalidad , como tal, se ha convertido en una cuestión del orden cotidiano, pero un tema irrelevante desde la perspectiva de la pertenencia a México. Con la nueva reforma en sí, da igual si se nace en Pachuca, que en Texas; en Veracruz, que en Chicago, mientras que tu padre o madre tenga nacionalidad mexicana, sin que se llegue a perder el hilo generacional. A decir verdad, no es simple comprender los alcances de esta reforma, pero sí nos lleva hacía una nación cada vez más transnacional.
A pesar de la importancia de esta reforma, este tema ni por error se percibe como una de las transformaciones nacionales que tanto se pregonan, sobre todo en las mañanas mexicanas. Sino que es más bien un tema de carácter secundario, de ahí su silencio.
Lo que viene para el gobierno mexicano es el reto de una nueva nación para la cual deben estar preparados. Pues si continúa el pensamiento tradicional no habrá avances. Así en el futuro cercano el gobierno mexicano en sus diferentes niveles debe adecuarse a la nueva realidad de la nación. Y no de manera contraria.