Diputados y diputadas de los grupos parlamentarios de Morena y el Partido del Trabajo en el Congreso de Hidalgo presentaron una iniciativa para incorporar las causales y ampliar las penas por el delito de feminicidio en el Código Penal estatal.

Durante la sesión ordinaria 42, la diputada Vanessa Escalante indicó que la propuesta busca visibilizar nuevas conductas delictivas, que atentan contra un conjunto de derechos previos y posteriores a la privación de la vida, y dotará de herramientas a los órganos de investigación y procuración justicia para acreditar los elementos del feminicidio.

“La importancia de implicar las conductas de tipificación en el Código Penal del Estado es para asegurar a las víctimas y familiares el acceso a la justicia y evitar que se propicie la impunidad”, dijo la legisladora guinda al explicar que se considerará muerte violenta por razones de género cuando existan antecedentes de que el feminicida ejerció sobre la víctima, previo a su deceso, acoso, violencia física, sexual, psicológica, económica, patrimonial, laboral o de cualquier tipo y en cualquier ámbito.

De igual manera, cuando el agresor haya infligido mutilaciones infamantes o degradantes en zonas de genitales o en cualquier otra, así como la ejecución de actos de necrofilia, tormentos, tratos crueles, inhumanos o degradantes; o cuando el cuerpo o partes del mismo sea expuesto o arrojado en un lugar público o paraje despoblado; o bien si los restos de la víctima hubieran sido enterrados, ocultos, incinerados o desmembrados.

También se incorporará como causal de feminicidio cuando el agresor prive de la libertad o mantenga incomunicada a la víctima, previo a su muerte; o en caso de esta y su victimario tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia o sentimental, así como cualquier otra relación de amistad, laboral, docente o que implique confianza, subordinación, superioridad o que evidencie abuso de poder entre el agresor y la víctima.

Existan antecedentes, datos o medios de prueba de acoso, lesiones, amenazas o cualquier tipo de violencia de género del sujeto activo en contra de la víctima en el ámbito familiar, vecinal, laboral o escolar, o cualquier otro que implique subordinación o superioridad o inclusive cuando implique un deber de brindar cuidados.

Aunado a lo anterior, la iniciativa propone agravar hasta en un tercio las penas por feminicidio, que van de 25 a 50 años en prisión, cuando se cometa contra menores de edad, adultas mayores, de pueblos originarios, embarazadas, mujeres con discapacidad física, mental, intelectual o sensorial; así como cuando la víctima sea privada de la vida al utilizar un vehículo de servicio público o privado.

Finalmente, el planteamiento prevé una pena de prisión de tres a ocho años, multa de 500 a mil UMAS, que equivale a 48 mil 110 a 96 mil 220 pesos, destitución e inhabilitación de tres a diez años, para los funcionarios que, por acción u omisión, realice prácticas dilatorias, obstruya maliciosamente o por negligencia la procuración de justicia, o difunda a través de cualquier medio, imágenes, audios, videos o documentos del lugar de los hechos de hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal.

La iniciativa fue propuesta por Tania Valdez Cuellar, Lisset Marcelino Tovar, Vanesa Escalante Arroyo, Elvia Yanet Sierra Vite, Jesús Osiris Leines Medécigo, Jorge Hernández Araus y José Antonio Hernández Vera; y fue turnada a la Comisión Permanente de Legislación y Puntos Constitucionales para su análisis y resolutivo.