Por: Roberto Rico Ruiz
En el marco del Día de Acción Global por el Aborto Legal, Seguro y Accesible conocido como Día por la Despenalización y Legalización del Aborto, que se conmemora cada 28 de septiembre, fecha que se proclamó a partir del año de 1990 a través de la Declaración de San Bernardo, como el Día por el Derecho al Aborto de las Mujeres de América Latina y el Caribe
Para el Estado de Hidalgo esta fecha no pasó desapercibida, pues en nuestra ciudad, colectivos y activistas se reunieron para protestar exigiendo la aprobación del aborto legal en todo el país.
En este aspecto, cabe recordar que fue en septiembre de 2021, cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declaró inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta, para garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, sin enfrentar consecuencias penales.
Lo anterior se dio, por la invalidez del artículo 196 del Código Penal de Coahuila que establecía una pena de prisión a la mujer que voluntariamente practicara su aborto o a quien la hiciere abortar con el consentimiento de aquella, con esto se evidenciaba la vulneración del derecho de la mujer y de las personas gestantes a decidir.
Para la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el producto de la gestación merece una protección que incrementa en el tiempo, a medida que avanza el embarazo; ahora, al respecto se precisó que esa protección no es suficiente para desconocer los derechos de las mujeres y personas gestantes a la libertad reproductiva; motivo por el cual declaró que criminalizar de manera absoluta la interrupción del embarazo es inconstitucional; así mismo, se extendió la invalidez en la criminalización del aborto y limitaban a 12 semanas la posibilidad de abortar en caso de violación, inseminación o implantación artificial.
En conclusión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que se deberán considerar inconstitucionales las normas penales de las entidades federativas que criminalicen el aborto de manera absoluta, como lo son los tipos penales que no contemplan la posibilidad de interrumpir el embarazo en un periodo cercano a la implantación, o las normas que sólo prevean la posibilidad de abortar como excusas absolutorias, pues en esos supuestos la conducta se cataloga como un delito, aunque no se imponga una sanción.
Si bien, en México aún con lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la interrupción del embarazo no es legal a nivel nacional; no pasa lo mismo en nuestro entidad, pues el Código Penal en el Estado, en el Capítulo V, establece que, está permitida la interrupción del embarazo hasta la décima segunda semana de gestación; y por su parte la Ley de Salud en el Estado, contempla que las instituciones públicas, privadas y sociales que presten servicios de salud en el Estado de Hidalgo, deberán proveer el servicio para la interrupción legal del embarazo, de forma gratuita y en condiciones de calidad y salubridad que garanticen la dignidad humana de las mujeres.
En este sentido, es válido seguir con la lucha para apoyar a las mujeres y que sus derechos sean respetados en condiciones de igualdad, y reconocer su solidaridad, el apoyo y la empatía que las unen por sus causas, y que ha servido para cambiar la situación en la que viven y las circunstancias por las que atraviesan.
Ante tales escenarios, si bien por un lado es necesario continuar con estas redes de apoyo, para alcanzar las metas por las cuales se dan estos movimientos en nuestro país; por otro lado, es igualmente necesario reflexionar, visibilizar y acompañar a las mujeres en temas que generan en la entidad la violación a sus derechos humanos y la desigualdad que sigue permeando para ellas.
En relación con esto, refiero un paso grande que se dio en 2019, y fue la aprobación de la llamada reforma constitucional “Paridad en Todo”, la cual sigue sin atenderse del todo, en los sectores públicos y privados; y aquí es donde como ciudadanía debemos exigir se cumplimente ese principio constitucional, con miras a que no es suficiente la paridad en los cargos, por consiguiente lo que se busca es que las mujeres accedan a espacios en la toma de decisiones y de poder; en tanto esto no suceda el principio de paridad total no es real y esta lucha nos incluye en la colectividad como sociedad.
En tal aspecto, en el tramo como legislador del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, presenté dos iniciativas enfocadas en el tema; una cuyo fin fue que en la integración y conformación de la Diputación Permanente se atendiera el principio de paridad de género y para la Presidencia se alternara entre hombres y mujeres; la segunda concerniente a que en la Directiva del Congreso se pueda garantizar el principio de paridad de género, en la cual su Presidencia y Vicepresidencia se alterne entre hombres y mujeres, situación que en la Sexagésima Quinta Legislatura ya se reflejó, pues van tres directivas presidas por Diputadas mujeres.
Sin embargo, esto no lo es todo, pues la desigualdad que existe entre hombres y mujeres es real y en altas magnitudes que se traducen en discriminación, y solo basta analizar algunos aspectos relevantes a considerar, que requieren de múltiples instrumentos regulatorios, educativos y culturales.
Comenzando por el seno familiar, es necesario que bajo la cultura que crecimos, reflexionemos para la construcción de una sociedad igualitaria, y un ejemplo muy claro comienza en hacer conciencia que la crianza y cuidado de los infantes, es una labor que corresponde tanto a hombres como mujeres; en este aspecto, recientemente el Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió respecto a la solicitud de una licencia de paternidad de personas trabajadoras del Instituto Nacional Electoral, cuyo efecto tuvo a bien determinar el homologar la duración de las licencias familiares, lo que dejó entrever que en México en la concesión de licencias otorgadas por el nacimiento de niñas y niños, tiene una tendencia a que sea la mujer quien se encargue de los cuidados, y no así para los hombres situados en el rol de la esfera pública sin involucrar más en el cuidado y desarrollo de la niñez.
Observando lo que ha acontecido, es primordial considerar a la par, el deber dentro de los centros de trabajo, en aras de velar por el cuidado compartido en la crianza de niñas y niños para su desarrollo integral, y esto es que se implementen verdaderamente los mecanismos del teletrabajo o bien la flexibilidad horaria, que permita asumir estos roles por ambas partes, y más cuando se trate de madres jefas de familia, que requieren mayores tiempos para atender dobles labores, esto no significa que dejemos de exigir las paternidades responsables.
Lo que va de la mano con inculcar una educación en igualdad de género en la niñez, con un enfoque a lograr la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en todos los ámbitos, pensando siempre en combatir los estereotipos de genero y para erradicar la desigualdad en la sociedad.
Otro aspecto que deriva de estas causas es la desigualdad laboral entre hombres y mujeres, que emana de la educación y formación con dogmas naturalizados en normas, que redundan en la brecha salarial como consecuencia de la discriminación económica, dándose cuando realizando el mismo trabajo durante las mismas horas, dos personas trabajadoras reciben un salario diferente; lo que deviene de factores como una incorrecta valoración de puestos de trabajo.
De tal forma, es de inferir que muchos países europeos ya cuentan con legislaciones sobre transparencia salarial, un ejemplo claro es lo que acontece en el país de Islandia, como la primera nación donde por ley, las empresas públicas y privadas deben demostrar que ofrecen los mismos salarios a hombres y mujeres en empleos de la misma categoría, su normatividad exige que tanto compañías como instituciones con 25 o más empleados obtengan un «certificado de igualdad salarial» que demuestre que pagan lo mismo a sus empleados en roles similares, para ello, las compañías se sometan a auditorías que recopilan y analizan la información relativa al salario de las personas trabajadoras para recibir el certificado.
Por tanto, agrego que, las luchas son necesarias cuando la ley no es suficiente, pues no basta un poder público para implementarlas y acatarlas, ampliemos la gama de obstáculos concretos que viven día a día las mujeres, mismas que le impiden ejercer sus derechos y que se deben sumar a las causas en las protestas que aún quedan muchas por entrever y exigir en una colaboración social activa.
*Catedrático Universitario y Maestro en Derecho Electoral
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