Por: Parly Roque
Para dar comienzo al presente texto, es importante tener el conocimiento preciso a lo que se refiere la violencia política en razón de género, es por ello que a través de la investigación realizada tomamos la definición otorgada por el Instituto Nacional Electoral (INE), a través de la Guía para la Prevención, Sanción, y Reparación Integral de la Violencia Política por Razón de Genero (2021), la cual nos dice que: es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo(p.18)
Si analizamos dicha definición, podemos concluir que el tema en comento es bastante importante de tratar, estudiar y por supuesto buscar abonar a la prevención de estos actos, pues alrededor de todo el país este tipo de acciones han mermado el libre ejercicio de los derechos políticos y electorales de mujeres, los cuales, seguro estoy, no son denunciados por parte de las afectadas o bien por los que los atestiguan, esto se da por diversas circunstancias, la que a mi consideración podría ser la más recurrente, es la normalización de dichas acciones, lo cual es bastante grabe, por lo que, como ciudadanos debemos de informarnos y capacitarnos en dicha materia. Además, ser observadores activos, capaces de identificar dichas acciones y señalar a quienes incurran en una falta como esta, para lograr que los espacios públicos y privados de generación de política sean lugares seguros donde se respeten y protejan los derechos políticos y electorales de las mujeres.
Ahora bien, en el estado de Hidalgo en específico, las acciones de violencia política en razón de género podrían estar ocurriendo justo en este momento, sin embargo, por la ignorancia o poca información respecto a este tema, las victimas o testigos de estos actos, guardan silencio y los dejan pasar, restándoles importancia, cosa que no debería de ser así.
Me sorprende bastante que al hacer una consulta sobre los casos de violencia política por razón de género en el estado de Hidalgo, el resultado sea que se tienen registrados muy pocos expedientes bajo este esquema de violencia. De los casos que más llamó mi atención, fue el suscitado durante el periodo de campañas del proceso electoral extraordinario en el Municipio de Omitlán de Juárez (2016-2017), donde el promovente fue el PRD, pues en diversas bardas y propaganda electoral, se difamaba y ofendía a la candidata de dicho partido, con frases que menoscababa las intenciones y trabajo de la candidata, la frase que utilizaron fue, “la india María quiere ser Presidenta Municipal”, bajo el archivo del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, bajo el número de expediente TEEH-PES-EXT-001/2016, esta frase evidentemente se encuentra dentro de las acciones que se califican como violencia política en contra de mujeres en razón de género, en ese momento la forma de tratar el tema se baso en los marcos normativos con los que contaba el ente jurisdiccional en materia electoral y no paso de exigir una disculpa pública y amonestaciones públicas a las personas que fraguaron dicho acto de violencia política en contra de la mujer por razón de género, debemos tener claro que este tipo de violencia en contra de mujeres en la esfera política no es algo nuevo, ha sucedido por muchos años, pero en la lucha y conquista de derechos y acciones afirmativas en favor de la igualdad así como la protección de los derechos de las Mujeres, en el año 2015, en México se comenzó a abordar este tema, además de que los entes de procuración de justicia empezaron a investigar sobre estas acciones que constituían violencia en contra de las mujeres, por lo que, en el año 2020, se materializo una reforma en la que este tipo de violencia en contra de las mujeres fue catalogada como un Delito electoral que se castiga con cárcel y multas económicas para quienes resulten responsables.
Como ya lo he mencionado, este tipo de violencia en contra de las mujeres es algo que se vive a diario en diversas instancias tanto a nivel local como federal, por ello, es de bastante importante que estos temas sean socializados entre la sociedad civil, militantes de partidos políticos y diversos actores que se encuentran alrededor de la esfera política, para contribuir a la prevención y detección de dichos casos, para que de esta manera podamos fortalecer la democracia local y abonar a la lucha de todos, por el reconocimiento y protección de los derechos de las mujeres.
Me despido, esperando sea de tu agrado y como siempre espero tus comentarios en mis redes sociales.
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