Por Ángel Calixto Santos*
De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS) la familia es el conjunto de personas que viven bajo el mismo techo, cuya organización depende de roles sociales específicos como el del padre, madre, hijos o hijas y que pueden poseer o no vínculos consanguíneos, además de tener un modo de existencia común con sentimientos afectivos que los unen.
La familia es la primera institución de la que una persona forma parte, es la escuela de la vida que edifica los cimientos de un buen ser humano, pues ahí le son impregnados los valores como el amor, el respeto, la empatía, la solidaridad o la honestidad entre otros más.
Al respecto, la Declaración Universal de los Derechos Humanos que, por cierto, en este dos mil veintitrés conmemoramos su 75 aniversario de haber sido adoptada aquel diez de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho por la Organización de las Naciones Unidas para reconocer que los derechos humanos son la base de la libertad, la justicia y la paz, en su artículo 16 establece que la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad, por lo cual tiene derecho a la protección de la sociedad y sobre todo del Estado.
Para tal efecto, de manera enunciativa más no limitativa, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala en su artículo número dos, que el Estado debe de establecer normas para proteger y apoyar con programas especiales de educación y nutrición a niños, niñas y adolescentes de familias migrantes que se encuentren en territorio nacional, para abatir las carencias y rezago que afecten a sus integrantes.
Luego, en su artículo tercero, la Carta Magna refiere que toda persona tiene derecho a recibir la educación básica inicial, preescolar, primaria y secundaria de manera universal, inclusiva, pública, gratuita y laica, que deberá estar orientada al objetivo de garantizar la integridad de las familias.
Por otra parte, en su similar número cuatro, señala que la mujer y el hombre son iguales ante la ley para dar a cada quien lo que le corresponde y así proteger la organización y el pleno desarrollo de la familia.
De igual forma, define que toda familia tiene derecho a una vivienda digna y decorosa con los servicios mínimos necesarios para satisfacer las necesidades esenciales de sus integrantes, en beneficio del mejoramiento de la calidad de vida y de la materialización de sus derechos sociales fundamentales.
Seguidamente, en el artículo dieciséis, estipula que ninguna persona puede ser molestada en su familia, a menos claro que sea en virtud de un mandamiento escrito de la autoridad competente para ordenarlo, ello con la finalidad de garantizar su armonía y tranquilidad.
Asimismo, con el arábigo ciento veintitrés, ordena que toda persona tiene derecho al trabajo y que su salario mínimo debe de ser el suficiente para poder satisfacer las necesidades de aquel de quien dependen los integrantes de su familia, también refiere que los trabajadores deberán acceder a los derechos de ascenso, para lo cual, se deberá dar prioridad a los que representan la única fuente de ingreso económico en su núcleo familiar.
Por último, pero no menos importante, es de resaltar que el artículo veintinueve de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cita que se podrá suspender el ejercicio de los derechos y las garantías cuando estas fueren obstáculo para hacerle frente a los casos de invasión o perturbación grave de la paz pública; sin embargo, hace hincapié que por ningún motivo podrá restringirse el ejercicio de los derechos que garanticen la protección de la familia.
En conclusión, el derecho nacional e internacional protegen de diversas maneras lo más valioso que un ser humano puede tener, su familia, por ello, con el lema “Desde mi casa, tu casa, la casa de los derechos humanos” la familia que integramos la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo, les deseamos que este 2024 todas las familias tengan paz, felicidad y respeto a los derechos humanos.
*Ángel Calixto Santos
Visitador Adjunto de la CDHEH