El pleno del Tribunal Electoral del estado (TEEH) solicitó al Instituto Estatal Electoral (IEEH) registrar en un plazo de 48 horas a aspirantes políticos que buscan ocupar un cargo público debido a que supuestamente no acreditaban la pertenencia indígena.

Al resolver el juicio ciudadano TEEH-JDC-154-2024 promovido por Sury Saray Melo y otras, se determinó que fue incorrecta la determinación del IEEH al calificar su candidatura a la presidencia municipal de Lolotla como reserva, tras el argumento de que no se acreditó su pertenencia indígena.

La autoridad electoral revocó el acuerdo IEEH/CG/065/2024 relativo a la elección ordinaria de ayuntamientos del proceso electoral 2023-2024 y ordenó al organismo electoral registrar a las demandantes por la candidatura común Seguiremos Haciendo Historia en Hidalgo integrada por Morena y Nueva Alianza para contender por dicho municipio.

En el caso del juicio ciudadano TEEH-JDC-181-2024, Gabriela Cardón Jiménez presentó una solicitud individual de registro para la candidatura de presidente municipal suplente en El Cardonal por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM). Sin embargo, el IEEH le negó el registro el 21 de abril de este año, alegando falta de acreditación por la acción afirmativa.

Por lo que realizó la denuncia ante la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que reencauzó el caso al TEEH y este último analizó que fue reconocida como indígena por el delegado y la asamblea de la comunidad.  Por lo que se ordenó  su  registro como candidata al cargo de presidente municipal suplente del municipio perteneciente al Valle del Mezquital, por el PVEM.

En el caso del juicio ciudadano TEEH-JDC-190-2024 en el que 11 aspirantes del Verde Ecologista presentaron su registro para diversas candidaturas del municipio de San Salvador de igual forma presentaron su queja ante el TEPJF que reencauzó el expediente al TEEH, en argumento de que no se demostró su pertenencia indígena.

Sin embargo luego de un análisis exhaustivo, se determinó que ocho de los aspirantes cumplían con el requisito de autodeterminación indígena, ya que pudieron acreditarlo con diversos documentos. No obstante dos aspirantes no fueron notificados sobre la insuficiencia de su documentación para demostrar su pertenencia, lo cual vulneró su derecho a una audiencia justa. En este sentido el partido deberá demostrar su pertenencia indígena.

El TEEH ordenó al IEEH que un plazo de 48 horas a partir de la notificación se registren las candidaturas de San Salvador.