Por: Comisión de Derechos Humanos del estado de Hidalgo 

La Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) es un documento que sirve de plan de acción global para la libertad y la igualdad protegiendo los derechos de todas las personas en todos los lugares. Fue la primera vez que los países acordaron las libertades y derechos que merecen protección universal para que todas las personas vivan su vida en libertad, igualdad y dignidad.

Los 30 derechos y libertades contenidos en la declaración incluyen el derecho a no ser sometido a tortura, el derecho a la libertad de expresión, el derecho a la educación, el derecho a la nacionalidad y el derecho a buscar asilo, por mencionar algunos.
La Declaración incluye derechos civiles y políticos, como los derechos a la vida, a la libertad y a la vida privada. También incluye derechos económicos, sociales y culturales, como los derechos a la seguridad social, la salud y a una vivienda adecuada.

Artículo 14: derecho al asilo
El artículo 14 de la Declaración Universal otorga a las personas perseguidas el derecho a buscar y a disfrutar de asilo. Este derecho, además del derecho a salir del propio país (artículo 13), y el derecho a la nacionalidad (artículo 15), encuentra su origen en lo ocurrido durante lo sucedido en la Segunda Guerra Mundial. Durante décadas, millones de personas han recibido protección para salvar sus vidas como refugiados, han podido reconstruir sus vidas y a menudo han podido regresar a sus hogares una vez que el peligro ha pasado, todo esto bajo la protección del artículo 14, desarrollado a su vez en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951.

El derecho a buscar asilo no es ilimitado. El artículo 14 deja claro que no se puede conceder asilo a personas para que eviten el enjuiciamiento por «delitos no políticos o actos contrarios a los propósitos y principios de las Naciones Unidas». Por tanto, los criminales de guerra y los culpables de un crimen contra la paz o la humanidad no cumplen los requisitos para el asilo. Un ejemplo más reciente es el de los refugiados sirios. Desde 2011, la guerra civil en Siria ha provocado que millones de personas huyan de la violencia, buscando asilo en Europa, América y otras partes del mundo. Países como Alemania han acogido a un gran número de refugiados, ofreciendo un lugar seguro lejos del conflicto.

Las solicitudes de asilo en la actualidad
En los últimos años, el desplazamiento transfronterizo, incluido el de migrantes, solicitantes de asilo y refugiados, se ha convertido en un tema muy controvertido en todo el mundo. Para ejercer el derecho establecido en el artículo 14, las personas tienen que entrar en otro país, y hoy en día numerosos países en todo el mundo están cerrando sus puertas, impidiendo la entrada a las personas refugiadas y otros inmigrantes con cercas de alambre y púas, muros y ejércitos. Lo vemos en la frontera de nuestro país con estados unidos, especialmente en el área de Texas, lo vemos en fronteras en el mediterráneo y en Europa del Sur y del Este, por mencionar algunos ejemplos actuales.

Los países tienen derecho a controlar sus fronteras. Sin embargo, como la ONU ha señalado durante años, un sistema de migración ordenado basado en los principios de derechos humanos consagrados en la DUDH no sólo abordaría las preocupaciones legítimas de los países acerca de su seguridad, sino que también respetaría los derechos que pertenecen tanto a las personas refugiadas como a las personas migrantes.
¿Qué es la apatridia?

El derecho internacional define a un apátrida como «una persona que no es considerada como nacional suyo por ningún Estado conforme a su legislación». De forma más sencilla, esto quiere decir que una persona apátrida no tiene la nacionalidad de ningún país. Algunas personas ya nacen en una situación de apatridia, mientras que otras se convierten en apátridas. La apatridia a menudo impacta de forma grave y de por vida a las personas afectadas. Con frecuencia, se ven excluidas desde el principio hasta el final de sus vidas, ya que se les deniega una identidad legal al nacer, el acceso a la educación, a atención médica, al matrimonio o a oportunidades laborales durante toda su vida, e incluso la dignidad de recibir un entierro oficial y que se emita un certificado de defunción cuando fallecen, imaginemos que grado de dificultad sería atravesar por ello.
Artículo 15: derecho a la nacionalidad.

Ahora bien, la mayor parte de las personas en este planeta dan por sentado el derecho a la nacionalidad garantizado en el artículo 15 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. La mayoría de nosotros podemos adquirir un documento de identificación, un pasaporte o cualquier otro documento, sin ningún problema. Pero en el mundo, alrededor de 3.9 millones de personas carecen oficialmente de nacionalidad, y la Agencia de la ONU para los Refugiados estima que la cifra real podría ser tres veces mayor.

La Declaración Universal declara que todos los seres humanos nacen con los derechos que ésta establece. Por esta razón, a muchos no les gusta la afirmación que hace Hannah Arendt (Filósofa alemana de origen judío, conocida principalmente como ensayista política y una de las pensadoras más influyentes del siglo XX.) de que la nacionalidad es el “derecho a tener derechos.” Pero sin una nacionalidad, es prácticamente imposible ejercer muchos otros derechos – ir a la escuela, obtener tratamiento médico, obtener un trabajo de forma legal, denunciar un delito, cruzar fronteras, e incluso que tu familia pueda tener un certificado de defunción cuando mueras. La nacionalidad es un atributo de la personalidad y de acuerdo con el Derecho Internacional nadie debe carecer de ella, por algunas circunstancias de hecho y de derecho, la persona puede ser privada de su nacionalidad y convertirse en apátrida.

Es indispensable que los Estados de la Comunidad Internacional contemplen algunos mecanismos para solucionar este problema, como México, que en el año de 1998 reformó el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se eliminaron las causales de la perdida de la nacionalidad mexicana por nacimiento al establecer dicho artículo en su apartado A que “Ningún mexicano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad”. Dando así seguridad a las personas que nacen en nuestro país, además de ser un ejemplo a nivel internacional de la creación de estos mecanismos que combaten ese grave problema.

En lo global, un caso reciente es el de los Rohinyás en Myanmar. Esta minoría étnica musulmana ha sido despojada de su nacionalidad por el gobierno de Myanmar, dejándolos sin estado y sin derechos básicos. Otro ejemplo es el de los apátridas haitianos en la República Dominicana. En 2013, una decisión judicial despojó de la nacionalidad a decenas de miles de personas de ascendencia haitiana nacidas en la República Dominicana. Esto generó una crisis humanitaria, ya que estas personas quedaron sin acceso a derechos básicos como la educación y la atención médica.