Las magistraturas del Tribunal Electoral del estado (TEEH) resolvieron dos demandas promovidas por ciudadanos de los municipios de San Salvador e Ixmiquilpan, relativas a la elección de delegados, ordenando la reposición del proceso en una comunidad del primer municipio mencionado y desecharon la impugnación de la otra demarcación por presentarse fuera de los plazos legales establecidos.

En el análisis realizado por el magistrado Leodegario Hernández Cortez sobre el expediente TEEH-JDC-026-2026, se ordenó al Ayuntamiento de San Salvador emitir una nueva convocatoria para la realización de una nueva elección del delegado de la localidad de La Lagunilla.

Explicó que la elección del 18 de enero fue suspendida por disturbios entre grupos que apoyaban a los candidatos, sin embargo se continuó con el proceso y se eligió a Víctor Manuel Canseco Paredes. Ante la inconformidad, ambos grupos acudieron con la autoridad y se acordó emitir una nueva convocatoria para la elección el 25 de enero, pero un día antes el Ayuntamiento determinó suspender los comicios para preservar la paz.

Pese a la suspensión, el ciudadano Rosalío Mendoza Pérez ignoró la determinación y realizó una votación en la que quedó electo, por lo que solicitó su reconocimiento oficial, sin embargo le fue negado por la autoridad municipal. Al promover un juicio ciudadano, se determinó que carecía de efectos legales y se ordenó lanzar una nueva convocatoria.

Dicho llamado deberá emitirse en un plazo de 48 horas para realizar una tercera elección y deberá difundirse con 15 días de anticipación para permitir el registro de candidatos para garantizar que se realice en un ambiente de paz; la sentencia deberá difundirse en lengua hñähñu para efectos de publicidad y transparencia.

Desechan demanda para elección de delegado en Ixmiquilpan

El organismo desechó la demanda realizada por Daniel Torres Desiderio, relativa a la elección del delegado de la localidad de Las Emes, en Ixmiquilpan, al determinar que su impugnación fue presentada fuera de los plazos legales.

El conflicto se originó tras la elección comunitaria celebrada el 10 de enero de 2026, en la que dicha persona fue designada como delegado, sin embargo los comicios fueron impugnados por ciudadanos tras presuntas irregularidades, como la falta de quórum y nepotismo, por lo que el director de Gobierno municipal declaró la invalidez del proceso y ordenó su reposición, lo que derivó en que no se tomara protesta al demandante ni se le entregaran los sellos oficiales como autoridad comunitaria.

Torres Desiderio promovió un juicio ciudadano tras acusar omisión, pero su demanda fue presentada el 20 de marzo, es decir dos meses después de que se notificó la anulación.

Aunque el órgano jurisdiccional analizó el asunto bajo una perspectiva intercultural y garantizar los derechos de los pueblos originarios, concluyó que el incumplimiento de los plazos legales impide entrar al fondo del asunto, por lo que declaró improcedente la demanda.