Desde el pasado 4 de febrero y hasta el próximo 10 de abril estará prohibido difundir propaganda gubernamental debido a la revocación de mandato, comunicó el Instituto Nacional Electoral (INE).
De acuerdo con lo establecido en el Artículo 33 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, aprobada por el Congreso de la Unión y publicada el 13 de septiembre de 2021, durante el tiempo que comprende el proceso de Revocación de Mandato, desde la emisión de la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de votación, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno.
Dicha prohibición es aplicable en todo el territorio nacional, a los tres órdenes de gobierno: federal, estatal y municipal, así como a cualquiera de los tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Además, ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de la ciudadanía sobre la Revocación de Mandato.
Cabe mencionar que, según la Ley Federal de Revocación de Mandato, los partidos políticos podrán promover la participación ciudadana en este proceso, no obstante, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró como inconstitucional dicha determinación al considerar que esa es una labor exclusiva del INE.
Finalmente, a través de la Comisión de Quejas y Denuncias el INE podrá conocer cualquier irregularidad para dictar, en su caso, las medidas cautelares correspondientes; sin embargo, será la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la instancia que resuelva el fondo de las quejas que se llegaran a presentar y determine las sanciones correspondientes.