Por: Zaid González

No cabe duda que hablar de las herencias es sinónimo de pleito entre familiares, puesto que todos se hacen sabedores de los derechos, obligaciones y la última voluntad del testador o intestado (familiar difunto dueño de los bienes). Causando un sinfín de problemas personales extrajudiciales que perjudican a todos los interesados e involucrados, haciendo de la “Herencia” una batalla encarnizada entre hermanos, sobrinos, viudas o viudos. Por ello, en esta ocasión hablaremos del procedimiento de un juicio sucesorio intestamentario, testamentario y la impugnación del testamento en caso de haber inconformes con la disposición que hizo el testador antes de morir.
Empecemos por definir que un juicio sucesorio intestamentario es cuando fallece el dueño de bienes muebles o inmuebles y no deja a ningún beneficiario y por lo tanto existe un conflicto entre las partes que se sientan con derecho sobre aquellos objetos. Ahora bien, se debe iniciar el juicio ante la autoridad de un juez quien va a ser el que determine, con base a la legislación aplicable, la repartición de los bienes que dejo el propietario, no sin antes hacer una búsqueda exhaustiva en las dependencias correspondientes, a efecto de corroborar la no existencia de algún testamento. Dicho lo anterior, una vez corroborado que no dejo testamento el difunto se procede a la repartición siendo esta, por lo general, con el 50% a la esposa o cónyuge de total de los bienes propiedad del difunto y el 50 % restante se repartirá de manera equitativa entre los hijos.
Por otro lado, si el difunto otorgo testamento ante la fe de un Notario Público, se tendrá que realizar un Juicio Sucesorio Testamentario, esto ante el juzgado del último domicilio del testador para a su vez hacer la exhibición del testamento en una juta de herederos, una vez que se realice esta, se leerá dicho testamento y se nombrara a la albacea que se haya estipulado en el testamento.
Este juicio consta de 4 etapas, las cuales son:
1. Denuncia de la Sucesión Testamentaria.
2. Inventarios y avalúos de la sucesión.
3. Administración de los bienes de la sucesión.
4. Proyecto de participación y adjudicación de la sucesión.
Derivado de ello, puede ser que los herederos estén conformes o inconformes con las disposiciones establecidas, o en su caso, salga a la luz que existen más herederos que quieran hacer valer sus derechos. Entonces de haber inconformidades, se procederá a realizar un incidente dentro del juicio, en donde se va a demandar los agravios o inconformidades establecidas por el testador, ya sea que exista violaciones en la elaboración del testamento o por la inconformidad de un heredero o varios herederos. Siendo en este caso un recurso para que por medio de la ley y por medio de un juez se puedan hacer valer los derechos de todas y todos los herederos de manera justa y equitativa.
Por último, cabe señalar que en esta clase de juicios, de primera instancia, a la hora de dictar una sentencia, puede ser que sigan existiendo inconformidades o se tenga la duda de que el juez a cargo no haya resuelto conforme a derecho, por lo cual existen recursos de apelación para que otras autoridades conozcan del asunto y resuelvan conforme a derecho, para ello asesórense con expertos en la materia para hacer de la repartición de los bienes un asunto armonioso y sin complicaciones.

Zaid González CEO de Firma Legal Horbat Cromwell

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