El pleno del Tribunal Electoral del estado (TEEH) ordenó al presidente municipal de Tepehuacán de Guerrero a entregar la constancia que acredite como delegado y subdelegado de la localidad de San Andrés a Eberardo Martínez Mota y Apolinar Cirilo Guzmán.
El día 29 de noviembre del año pasado, dicho ayuntamiento aprobó los lineamientos para que las comunidades eligieran sus delegados, sin embargo la alcaldía no reconoció los comicios de dicha localidad en argumento de que no cumplieron en varios puntos como la jornada electiva y sus resultados.
De acuerdo con el TEEH, la comunidad de San Andrés es indígena y dicho punto no fue observado por la alcaldía al rechazar su nombramiento. Por lo que dicha localidad ejerció su facultad y autodeterminación al momento de elegir a sus autoridades mediante usos y costumbres.
De acuerdo con la exposición de la magistrada Lilibeth García, la alcaldía pretendió que la comunidad se sujetara a las normas pautadas en sus lineamientos y dejar de lado su sistema de usos y costumbres sin consultar a la comunidad.
Precisó que es obligación de las autoridades formular consultas a las comunidades antes de aplicar o adoptar medidas que los afecten, sin embargo el ayuntamiento no cumplió con dicha consulta.
Cabe destacar que la máxima autoridad en una comunidad indígena es la asamblea misma que constató que la población eligiera a sus autoridades auxiliares en una jornada de elección apegada a derecho, sin que miembros de la comunidad quedaran inconformes.
El órgano electoral tendrá que elaborar una síntesis de la sentencia traducida a la lengua Náhuatl y será publicada en las oficinas de la delegación de San Andrés, así como en las instalaciones de la presidencia de Tepehuacán de Guerrero.