El diputado Fortunato González propuso reformar el Código Penal del estado para que se impongan penas de seis meses a cinco años de prisión a quienes abandonen a alguien bajo su cuidado y quienes priven de la patria potestad a sus hijos.
González Islas añadió que la sanción por dicho delito será mayor si el abandono se comete contra personas mayores de 60 años o menores de 18.
El legislador aseguró que el abandono también sucede cuando el responsable no otorga la pensión alimenticia, pese a que exista una sentencia que así lo ordena, y cuando no se hacen cargo con educación o acompañamiento de actividades de desarrollo.
Explicó que al aumentar dicha pena significará un tipo penal para imponer penas más altas cuando la conducta delictiva lo amerite.
De acuerdo con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 25 reconoció el derecho a las prestaciones sociales en la vejez, así como los derechos civiles y políticos.
Expuso que el artículo 11 de la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos de Personas con Discapacidad establece que los países deben adoptar medidas necesarias para garantizar la protección y seguridad de las personas con discapacidad en situaciones de riesgo.