Integrantes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificaron la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), dentro del expediente TEEH-JDC-073/2025, relativa a la demanda por vulneración de derechos político-electorales que interpuso la regidora panista Marlene Puertas.
La impugnación fue promovida por la síndica procuradora jurídica Kenia Yuridia Sánchez, quien no estuvo de acuerdo con la resolución del organismo jurisdiccional local que le ordena proporcionar información a la regidora sobre asuntos legales pendientes, su estado procesal y juicios laborales en curso.
De acuerdo con el TEPJF, las magistraturas locales sí son competentes al señalar que la negativa de entrega de información incide directamente en su derecho político-electoral, además de que la regidora es integrante de la Comisión de Hacienda del municipio.
“La negativa injustificada de la síndica impidió a la regidora conocer la situación jurídica y laboral del ayuntamiento, lo que afecta su capacidad de deliberar en las sesiones del cabildo”, señaló la magistrada.
La magistrada Ixel Mendoza Aragón precisó que el artículo 69 de la Ley Orgánica Municipal autoriza a los regidores a recibir este tipo de información, la cual puede resultar un insumo vital para la toma de decisiones en el cabildo; de lo contrario, se obstaculiza el desarrollo del cargo.
Su homólogo José Luis Ceballos Daza indicó que, aunque la solicitud se realizó con fines de control y verificación, versa sobre aspectos que inciden directamente en el desempeño del cargo, ya que se trata de información sobre el estatus económico del municipio que le permitiría deliberar en el ejercicio municipal.
Hace unos días, el TEEH resolvió que la síndica debe entregar la información correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia e incluso fue acreedora a una multa por omitir la entrega de los datos cuando ya se había ordenado previamente.




















