Luego de que la semana pasada se presentara ante el Congreso del estado la iniciativa para tipificar como delito la violencia en eventos deportivos, se analiza la posibilidad de más cambios en la materia como la violencia verbal, informó la legisladora local del grupo parlamentario del PRI, Ana Leticia Cuatepotzo Pérez.

A decir de la legisladora por el distrito de Tizayuca, en agosto del 2008 se publicó  la Ley de Cultura Física, Deporte y Recreación para el estado, que solo daba lineamientos de juego limpio, pero resaltó que las conductas delictivas que se registran en el deporte, deben de estar tipificadas, al recordar que son eventos familiares en donde se debe de resguardar la integridad de todos los asistentes, principalmente de los menores de edad.

Esta vez se propone tipificar en el Código Penal, conductas de personas que por sí mismas o que inciten a otros, a lanzar objetos que pongan en riesgo la salud o integridad de los asistentes al interior de instalaciones o en lugares anexos e inmediaciones,  donde se celebre un evento deportivo. También en el transporte que se utiliza  para acudir a estos juegos”.

Al mismo tiempo señaló que en un análisis más profundo de la situación se encontró que en los encuentros femeniles de fútbol, donde han incursionado las mujeres con más fuerza, se presentan actos se misoginia y degradación de las mujeres por el hecho de ser mujeres a través de gritos con palabras altisonantes que también deben ser prohibidas y  sancionadas.

Para esta iniciativa también se toman en cuenta las denuncias de la población, además de que se podría anexar algunos casos de violencia verbal, ya que en esta propuesta no está considerada, sin embargo ante el surgimiento en la liga femenil de futbol de gritos altisonantes, se analizará si también se sanciona, ya que esta conducta puede generar una mayor violencia hacia las mujeres”.

Por último refirió que en estos casos donde la penalidad va de seis meses a cuatro años de cárcel, podría hacerse efectiva si el juez considera que hay riesgo de fuga o se trate de una persona con un alto potencial de peligro, ante ello se le podría dictar prisión preventiva justificada, en caso contrario no se haría acreedor a la privación de su libertad.