Fue ampliado al 15 de mayo el plazo oficial para la Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta de Personas Físicas, anunció este miércoles el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

La medida obedece, según el organismo, a “las inconsistencias encontradas en el llenado de los comprobantes de nómina y en atención al interés de cumplir por parte de los contribuyentes”.

Recordó la institución que este año por primera vez se utiliza la información directamente de los comprobantes de nómina para prellenar los ingresos en la Declaración Anual, bajo una lógica de servicio.

Sin embargo, se identificó que algunos patrones presentaron, entre otras, las siguientes inconsistencias: captura errónea de conceptos como primas vacacionales, primas de antigüedad, ingresos por jubilación, separación e indemnización, diferencias entre lo reflejado en comprobantes y lo pagado, incongruencia entre los totales de los comprobantes y sus subtotales”.

Desde julio del año pasado, afirmó el SAT, se trabaja junto con los patrones sobre estas inconsistencias, a fin de que los contribuyentes puedan declarar, lo que permitió que miles corrigieran a tiempo. “Sin embargo, existen todavía patrones que inclusive en abril están ajustando los comprobantes de nómina que debieron corregir a más tardar en los primeros días de enero”.

Con el propósito de no afectar a las Personas Físicas obligadas a declarar en abril, el SAT otorga esta facilidad para que los contribuyentes presenten su Declaración Anual sin actualizaciones ni recargos hasta el 15 de mayo.

Se recordó que las Personas Físicas que perciben únicamente ingresos por salarios de un solo patrón no están obligadas a presentar declaración anual, y si desean hacerlo pueden cumplir en cualquier momento del año.

Cabe señalar que instituciones como colegios de contadores o de asociaciones empresariales, además de profesionistas de prestigio, venían insistiendo desde enero en la necesidad de ampliar este plazo, dadas las modalidades implementadas este año por el SAT.