Tulancingo.- En los próximos 10 días naturales, el gobierno municipal deberá responder si acepta o no la propuesta de solución vertida por la Comisión de Derechos Humanos de Hidalgo (CDHEH), en torno a la introducción de servicios básicos que solicita la C. Dominga García Teodoro, habitante del fraccionamiento Chichimecatl, de Huapalcalco.
Abdiel Camacho Castelán, director Jurídico Municipal, informó que la nueva contestación se emitió con fecha 1 de junio de 2018, de lo cual se dio conocimiento al juez de distrito, dando este por cumplida la sentencia.
En la contestación de fecha 1 de junio, se expone negativa y causas por las que no es posible el otorgamiento de servicios básicos, principalmente por que el Instituto Nacional de Antropología Historia (INAH) delegación Hidalgo, solicita que toda obra o excavación a realizar en áreas consideradas como zonas arqueológica atenderán a un protocolo, donde el particular o ayuntamiento solicite a la delegación una inspección del lugar para emitir un dictamen sobre presencia o no de vestigios arqueológicos.
Por otra parte, el lugar donde se ubica el fraccionamiento Chichimecatl está considerado como zona de erosión y caída de bloques en el Atlas de Riesgo Municipal, de ahí que no sea factible, la urbanización de la zona.
Si bien es cierto que existe una donación del municipio a colonos del fraccionamiento Chichimecatl, esta se realizó en agosto del 2015, con la finalidad de que vecinos tuvieran certeza jurídica en su propiedad y así terminar con problemáticas que venían arrastrando desde hace dos décadas por compra de superficie irregular.
Con dicha donación de predio, explicó que Camacho Castelán, que los habitantes del nuevo fraccionamiento realizan pagos de predial, al contar con escritura pública, pero el predial es un impuesto por la propiedad o posesión inmobiliaria exclusivamente.
Además de esto, el H. Ayuntamiento procederá a al estudio del resolución del fraccionamiento para manifestar si existen o no irregularidades en el mismo, ya que el fraccionador no cumplió con la introducción de las factibilidades necesarias y el derecho a la vivienda digna según criterios de la corte no es un derecho que deba otorgarse a título gratuito sino que se deben cumplir con todas las formalidades de la ley.
Paralelamente al juicio de amparo, la C. Dominga García Teodoro inició en la Comisión de derechos humanos una queja con número de expediente CDH-VG-1927-17, en la cual se resolvió propuesta de solución hacia el ayuntamiento.
Esta propuesta contiene dos puntos: El primero consiste en que el ayuntamiento verifique ante el INAH si el predio de la C. Dominga García Teodoro, es susceptible o no para que se realice introducción de servicios.
El segundo punto es: en caso de que sea susceptible la introducción de servicios, el municipio deberá verificar que el predio cumpla con todos los requisitos municipales para llevar adelante lo solicitado.
En este tenor, el ayuntamiento emitirá su respuesta en la primera quincena de julio, en la cual podrá aceptar total o parcialmente dicha propuesta de solución de la CDHEH o bien negarse, en caso de que existan fundamentos que hagan inviable las alternativas expuestas.