Diputados locales del Partido Revolucionario Institucional (PRI), a través de una reforma constitucional, buscan que el nombramiento del gobernador (a) interino (a) sea con las dos terceras partes de los votos de los 41 diputados, es decir que con mayoría calificada que son 27 votos la designación del perfil se legitime.

Durante el inicio del segundo periodo ordinario de sesiones, la coordinadora de la bancada Legislativa, Rocío García Olmedo, ingresó su reforma al artículo 59 en sus fracciones 17 y 19 en donde se indique que no basta que sea una votación simple -50 por ciento de los presentes- para avalar el nombramiento, pues la importancia del hecho y las circunstancias en que se da amerita que sea una votación calificada.

Dijo que actualmente existe un vacío legal para la elección del próximo mandatario interino debido que se puede considerar la mayoría simple, sin embargo, afirmó que para algunas leyes se requiere de la mayoría calificada.

La priista expuso en sus argumentos que derivado de la situación por la que atraviesa el estado y de los lamentables hechos ocurridos del 24 de diciembre del 2018 en el que fallece la gobernadora Martha Erika Alonso Hidalgo, los legisladores se ven en la situación de poder nombrar a sustituto temporal, pero como es algo atípico, la Constitución poblana no considera por cuantos votos podría quedar el nombramiento de la persona que garantizará la estabilidad y gobernanza en la entidad.

Por todo lo expuesto, presentó esta iniciativa porque como no hemos tenido registro de un acontecimiento de esta naturaleza y dándonos cuenta que hay una laguna en la Constitución en cuanto al método de elección sobre el nombramiento de un gobernador (a) interino (a) que nos han llevado a la incertidumbre y en su momento a poder generar algún tipo de crisis político-social respecto a la correcta interpretación jurídica y legal de cada uno de nosotros los legisladores actuales”, puntualizó.

García Olmedo dejó en claro que de ser aprobada su reforma Constitucional en los siguientes días en el pleno, no podría ser aplicada para este proceso vigente que lleva el Congreso debido que por tratarse de una reforma constitucional se requiere de la aprobación de dos terceras partes de los municipios.

Dada la importancia y la trascendencia que tiene un asunto de esta índole no se puede considerar de ninguna manera que la designación del perfil  se vote de manera simple, que esta designación sin duda alguna prevea una mayoría de votos, es decir, que el aval de los diputados se traduzca en la suma de votos de las dos terceras partes de los que integran la Sexagésima Legislatura”, indicó.

Finalmente, mencionó que la intención es dejar perfectamente establecido en la ley que para próximas situaciones como en la que se encuentra actualmente la entidad se tenga la certeza el porcentaje de la votación que se necesita para elegir al gobernador interino de Puebla.

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