El estado de Puebla cuenta ya con el Comité de Indulto, el cual servirá para que el gobernador del estado, otorgue la libertad a personas que fueron encarceladas injustamente como presos políticos, personas de la tercera edad y mujeres con sentencias menores.

Esto derivado de que la tarde de este martes  fue instalado el nuevo Comité en la entidad  tras ser aprobada la reforma al Código Penal del Estado por parte de los diputados en el mes de septiembre  de 2019, donde se le otorga al Ejecutivo la facultar de indultar a presos por razones humanitarias y de justicia.

Así lo confirmó el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del Estado, Gabriel Biestro Medinilla, quien recordó que con esta toma de protesta del Comité a patrie de su conformación el gobernador del Estado podrá otorgar el perdón a los presos que aplican en la ley y que en esta ocasión, son presos políticos, indígenas y mujeres con sentencias menores a 5 años.

En entrevista manifestó que este Comité está integrado por el Ejecutivo del Estado, Luis Miguel Barbosa Huerta, el presidente del Poder Legislativo, Gabriel Biestro Medinilla, el presidente del Poder Judicial Héctor Sánchez Sánchez.

Así el Secretario de Gobernación David Méndez Márquez,  quien lo presidirá, el Fiscal General Gilberto Higuera Bernal, el secretario de Seguridad Pública Raciel López Salazar, el rector de la Escuela Libre de Derecho, Ricardo Antonio Silva Díaz, el rector de la Universidad Iberoamericana Ernesto Patrón Sánchez y representantes de la ONU y de la sociedad civil.

“Lo que se busca es agilizar el tema del indulto, sobre todo en estos momentos de crisis, Puebla sigue estando a la cabeza en ese tipo de temas y nos da mucho gusto, ya se tomó protesta y lo que sigue es agilizar sobre todo en estos momentos de contingencia”.

Biestro Medinilla garantizó que no existe el riesgo de que  se liberen a personas que no cumplen con los requisitos establecidos en el Código Penal,  sino al contrario, se pretende liberar a los que fueron perseguidos por sexenios pasados y encarcelar a los panistas que cometieron actos de corrupción.

 

Quien puede ser perdonado?

De acuerdo al Código Penal del Estado, con la reforma aprobada en el mes de septiembre de 2019 señala que “Artículo 122 De manera excepcional y discrecional, el Gobernador o Gobernadora podrá otorgar el indulto, por cualquier delito del orden común que no sea de los que merezcan prisión preventiva oficiosa o se clasifiquen como graves por la ley, previo dictamen del órgano ejecutor de la sanción en el que informe respecto a la viabilidad o no del beneficio, expresando sus razones y fundamentos, siempre que sea por cuestiones humanitarias, sociales o de equidad, o existan indicios consistentes de violaciones graves a los derechos humanos de la persona sentenciada, y ésta, además, de haber observado buena conducta durante su reclusión, reúna alguno de los requisitos siguientes:

I.- Que se trate de una persona indígena, víctima de discriminación por su pertenencia a un grupo, etnia y diversidad cultural o de alguna otra violación grave a sus derechos humanos, en cuyo caso se analizarán los usos, costumbres, tradiciones y cultura inherentes a dicha unidad social;

II.- Que se trate de persona mayor de 70 años y que haya cumplido con al menos una cuarta parte de la pena privativa de la libertad impuesta, independientemente del tiempo de su duración;

III.- Que padezca una enfermedad en fase terminal, dictaminada por médico especialista o perito de Institución de salud pública, independientemente del tiempo compurgado;

IV.- Que haya realizado acciones destacadas en beneficio de la comunidad, siempre y cuando se hayan realizado de manera lícita;

V.- Que se trate de mujer, cuya pena privativa de la libertad sea menor de cinco años, desde una perspectiva de género, o

VI.- Que se trate de delitos cuyo origen revistan un carácter político.

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