En nuestro país (y de manera lamentable), es difícil que existan organizaciones sindicales o instituciones del Estado que velen por los legítimos intereses de las y los trabajadores para así garantizar el respeto a los derechos que emanan del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde dice que “toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley”. Los párrafos que integran el completo del precepto jurídico y en específico el XXII Bis, señala los procedimientos y requisitos para asegurar la libertad de negociación colectiva y los legítimos intereses de trabajadores y patrones.

Pues bien, quienes desempeñan su trabajo como locutoras, locutores, programadores, continuistas o grabadores en cualquier estación de radio, deben estar afiliados a un sindicato para que “los represente”, pero no se piense que es para que se les garanticen sus prerrogativas constitucionales, sino para así y solo así lograr acceder a un lugar dentro de las empresas, lo que de inicio otorga (a los sindicatos) un poder de negociación a través del control sobre las ofertas de empleo, poniendo incluso barreras a la contratación de trabajadores fuera de la propia organización sindical, para condicionar al patrón sobre las plazas que se otorguen en la empresa y si esta decide contratar a personal, llamado “de confianza”, tiene que pagar lo que se conoce como “desplazamiento”, es decir una cuota especial al sindicato, por ocupar un puesto que debiera ser controlado por éste último. Los concesionarios se ven atados de mano y no les queda de otra más que acceder, para evitar conflictos laborales.

Las más de mil 840 estaciones radiodifusoras establecidas a lo largo y ancho del país, están regidas por el Contrato Ley de la Industria de la Radio y la Televisión, que contiene un total de 126 artículos, donde se establecen las condiciones, según las cuales deberá prestarse el trabajo en la Industria, normando las relaciones entre los patrones y los sindicatos, aplicándose de forma igual en toda la República Mexicana y basándose en el artículo 418 de la Ley Federal del Trabajo, que señala precisamente que la administración del Contrato Ley, corresponderá al sindicato que represente dentro de ella el mayor número de trabajadores.

Hasta aquí todo lo planteado parece ser algo común, pues es la forma como normalmente se organizan las relaciones laborales en las diversas empresas nacionales, sin embargo, hay un “pero”.

Y es que los líderes sindicales han olvidado, que representar a quienes trabajan en la radio y televisión, no significa solo buscar que las empresas paguen a tiempo las cuotas o que cada año se sienten a negociar con la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) los aumentos al salario por cuota diaria y vigilar que se cumplan las prestaciones estipuladas en los contratos singulares con cada emisora sino que una de sus responsabilidades debiera ser el generar condiciones para el crecimiento profesional de sus agremiados, a través de cursos de capacitación, talleres, consultorías y diversos convenios con instituciones educativas, con lo que sin duda las y los trabajadores del gremio, encuentren alicientes y estímulos para seguir creciendo y por tanto, también mejorar su desempeño al frente del micrófono, en la producción o en cualquier área en la que se desempeñe.

Si me equivoco, que me lo hagan saber por favor.

Y hablando de la CIRT, hay que decir que en su Sitio Web: www.cirt.mx, se pueden encontrar diversas opciones de capacitación en producción de spots, marketing, campañas de radio y certificaciones, entre otras; vale la pena darse una vuelta para ver que los concesionarios están avanzando en un tema que hoy los sindicatos olvidan y es que “el valor de una empresa de radio, es su personal”, no los acuerdos políticos o empresariales.

Nos escuchamos la próxima, en tanto tenga usted, ¡muy buen día!

Facebook: Omar Espinosa Herrera

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