Para constatar que se cumpla el programa de verificación vehicular, las y los diputados aprobaron multas de 20 a 20 mil veces el valor diario de lo Unidad de Medida de Actualización, calculadas al momento de cometer la infracción, es decir de 2 mil 74.8 pesos hasta 2 millones 74 mil 800 pesos.
La Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático del Congreso del Estado avaló el proyecto de dictamen para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla.
La iniciativa establece las obligaciones y límites máximos permitidos en las Normas Oficiales Mexicanas y el Programa de Verificación Vehicular, con el objetivo de controlar y reducir emisiones de dióxido de carbono.
También se pretende promover y fomentar la movilidad sostenible y el uso de fuentes móviles directas; asimismo, se agregan las definiciones de los conceptos de: boleta de infracción ambiental, dispositivos o medios tecnológicos, así como monitoreo remoto.
En la iniciativa adiciona una sección Primera Bis denominada «De las atribuciones de la Secretaría de Seguridad Pública” para coadyuvar, coordinarse y celebrar convenios de coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente para la aplicación de la ley en comento.
Igualmente, se adiciona el capítulo II Bis, denominado “Del proceso de monitoreo remoto de fuentes móviles directas”, para constatar el cumplimento del programa de verificación vehicular, e inspeccionar las fuentes móviles directas que circulan sobre vías de jurisdicción estatal que contaminen de forma ostensible, pudiendo aplicar multas de 20 a 20 mil veces el valor diario de lo Unidad de Medida de Actualización, calculadas al momento de cometer la infracción.
Las reformas establecen las obligaciones y límites máximos permitidos en las Normas Oficiales Mexicanas y el programa de verificación vehicular, para reducir emisiones de dióxido de carbono.
Una de las finalidades es que la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, en coordinación con la Secretaría de Seguridad Pública, implemente dispositivos tecnológicos y monitoreo remoto para vigilar que las fuentes móviles registradas que circulen en el territorio poblano cumplan con lo establecido en la ley en la materia y su reglamento.