La Inteligencia Artificial IA, llegó de manera apabullante a la realidad social, en esta y las siguientes entregas revisaremos algunos conceptos sobre qué es, sus implicaciones y sobre todo los retos de establecer límites claros frente a las posibilidades que ofrece para llevar a cabo prácticas que pueden generar daños irreversibles.

Lo primero que debemos alertar y lo haremos de manera constante en el análisis, es la ausencia de regulación en el sistema jurídico mexicano en materia de IA, lo anterior coloca a la sociedad en un riesgo de afectación e impunidad. Recordemos que en el caso del principio de legalidad aplicado a los particulares “lo que no está prohibido, está permitido”, estas tecnologías se proveen principalmente empresas transnacionales que al no tener restricciones normativas no podrán llamarse a responsabilidad frente a posibles excesos.

Para la contextualización, tenemos el encuadre que nos aporte el doctrinario Escobar de la Serna: “Con la aparición en 1973 del libro de Daniel Bell El advenimiento de la sociedad postindustrial, se fraguó el concepto de sociedad de la información o sociedad del conocimiento, divulgado después por Alvin Toffler en 1980 en La tercera ola y por John Naisbitt en Megatrends en 1982.  Desde entonces la denominada Revolución de Nuevas Tecnologías está teniendo unas insospechadas capacidades de transformación de la sociedad y de las vidas de los seres humanos pues, además, se trata de un proceso continuo en el que las últimas innovaciones desplazan a las que las preceden, que muy poco antes parecían incluso definitivas” Así, vemos que los avances científicos y en este caso tecnológicos hacen la diferencia en el desarrollo e interacciones sociales.

“El derecho virtual del s. XXI, estará atravesado por características y estruc­turas como el ser desterritorializado y fractalizado. De esta manera el derecho comprende la cibercultura emergente que está reconstruyendo y reconfigurando un nuevo mundo, el cibermundo. Estas nuevas formas de lo social no pueden pasar inadvertidas por los diversos escenarios jurídicos”. La tan confirmada expresión de que la realidad avance en tren bala y la regulación jurídica en carreta, se aplica de manera asertiva en la implementación tecnológica que ya opera sin regulación de los países.

El autor Carreño Dueñas aclara: “En un mundo virtual, surge la demanda por un derecho ampliado, inclu­yente y participativo, pues las redes y las interconexiones dejan expuesto el orden estatal y legal a un clic de distancia. Los ciberciudadanos, gracias a la interconexión en redes se constituyen en intérpretes y participantes activos en la vida del Estado y de la Constitución, es una sociedad abierta, transparente y ante todo participativa”.

Con los avances se perfila el concepto que aporta Serrano Acitores: “El llamado metaverso viene en este sentido a valerse de estas nuevas tecnologías (Internet de las cosas, realidad virtual o aumentada, computación en la nube, big data, inteligencia artificial, blockchain, tokens fungibles y no fungibles…) y en este sentido es en parte una agregación de estas tecnologías y de sus aplicaciones, … de generación de nuevas redes virtuales calificadas como más inmersivas en cuanto que permiten participar activamente en mundos virtuales (a través de los llamados avatares), de modo que se genera así una forma distinta de compartir experiencias, capacidades… mediante una interconexión entre lo físico  (los avatares) y lo virtual”.

Valls Prieto nos apunta el detonante de la IA en su genealogía para hacer la revisión en la próxima entrega de sus diversas definiciones.

“En el caso de la IA El origen del concepto de inteligencia artificial surge en los años 50 del siglo XX de la mano de diferentes áreas de conocimiento que van desde la filosofía, la computación, las matemáticas, psicología o biología”

 

Profesora Investigadora UAM Cuajimalpa Twitter @TPDI

@uamcuajimalpa, @Yo_SoyUAM

[1] Profesora Investigadora Titular C de la Universidad Autónoma Metropolitana Unidad Cuajimalpa. Maestra por oposición de la Asignatura Derecho a la Información de la Facultad de Derecho UNAM.

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here