En la tercera sesión ordinaria electrónica del Congreso del estado, diputados aprobaron por unanimidad la reforma a la fracción II del inciso A) del artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Lo anterior determina que la nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización, por lo que se consideran mexicanos por nacimiento los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos, de madre mexicana o de padre mexicano.
Previo a la aprobación de esta reforma, la diputada Luz Vera, quien dio lectura a dicha propuesta, estableció que la Organización de las Naciones Unidas ha señalado que “los nacionales tienen derecho a la protección de su Estado”.
“Si se piensa por un segundo en derechos que se da por seguro cada día, como, por ejemplo, el derecho a la vida, a la integridad física, a la salud, a la educación, derechos de asociación o los de libre reunión, todos estos derechos dependen de que exista un estado al cual exigirlos”.
Por otra parte, en el informe del secretario general de Naciones Unidas, del año 2013, en su párrafo 34, se señala la necesidad de que el Estado brinde “la posibilidad de presentar recursos y las garantías procesales correspondientes” ya que “los Estados deben velar por que haya un recurso efectivo cuando se concluya que la decisión relativa a la nacionalidad es ilícita o arbitraria”.
“El no aprobar la minuta que hoy envía a esta soberanía el Honorable Congreso de la Unión, conlleva una negación de los derechos más básicos, la negación de la documentación requerida para garantizar estos derechos”, señaló la legisladora.
Asimismo mencionó la importancia y acceso a documentos de identidad o de pasaporte y de muchos otros elementos que son necesarios para llevar una vida de un sujeto normal.
Hizo referencia a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, adoptada en San José, Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969, la cual afirma que toda persona tiene derecho a una nacionalidad, y que a nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad.
En base a los razonamientos antes planteados, la comisión Dictaminadora coincidió en la necesidad y utilidad de la reforma planteada al artículo 30 de la Constitución Federal en materia de nacionalidad, en la forma y términos de la minuta enviada originalmente a esta Soberanía, por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Poder Legislativo Federal.