El Congreso del Estado de Tlaxcala determinó en la sesión de la Comisión Permanente celebrada este viernes, que no es competente para resolver los límites territoriales entre dos comunidades del municipio de Contla de Juan Cuamatzi.

Derivado del acuerdo dado a conocer, se estableció en el considerando octavo que en términos del artículo 47, fracción VIII, incisos a) y b) de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, es facultad de los Cabildos de los ayuntamientos respectivos, resolver respecto de un posible conflicto de límites territoriales (intramunicipales) que se susciten entre las comunidades que los integran.

Por ello, los legisladores locales consideraron que el aparente conflicto de límites territoriales existente entre las comunidades de San Felipe Cuauhtenco, Sección Quinta y el Barrio de la Luz, Doceava Sección, no es una atribución que legalmente le corresponda al Congreso del estado.

Asimismo, en el considerando décimo se estipuló que el Tribunal Superior de Justicia, es el órgano constitucionalmente facultado para resolver el Juicio de Competencia Constitucional instado por el Presidente de Comunidad de la Sección Doceava, Barrio de la Luz, del Municipio de Contla de Juan Cuamatzi.

Pues este caso fue promovido ante dicho Tribunal a efecto de que declare el derecho en ejercicio de sus facultades jurisdiccionales, pues así lo dispone expresamente el artículo 81, fracción II, inciso e), de la Constitución local.

En ese sentido, la Comisión Permanente determinó devolver al Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala, el original del expediente 10/2011, relativo al Juicio de Competencia Constitucional, promovido por Severo Corona Bonilla, en su carácter de Presidente de Comunidad del Barrio de la Luz, Sección Doceava del Municipio de Contla de Juan Cuamatzi, Tlaxcala, para que sea ese Tribunal el órgano competente para resolver dicha situación.

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