Tras el decreto firmado por la gobernadora del estado respecto a la regulación, venta y consumo de alcohol en el estado de Tlaxcala, el secretario de gobierno, Sergio González Hernández, informó qué las estadísticas e incidencias registradas con el consumo de bebidas alcohólicas durante el período de enero a agosto 2022 registraron cerca de tres mil reportes de violencia derivadas al consumo de alcohol.

«Desafortunadamente la estadística nos habla de la gran incidencia qué se presenta en varios de los delitos en Tlaxcala que se dan precisamente por el consumo de alcohol y esto fue parte de un análisis que se ha venido realizando en las mesas de trabajo de la paz y la seguridad dónde tenemos cerca de tres mil reportes de violencia que derivan del consumo de alcohol», comentó González Hernández.

Recordar que el decreto establece las limitantes y los horarios para la operación de los establecimientos destinados a la venta y consumo de bebidas alcohólicas en el estado, en el que coadyuvarán para su aplicación y observación dependencias estatales y municipales, a fin de verificar que se cumpla y sancione a quienes violen la normativa.

Con lo anterior, el secretario de gobierno aseguró que éste decreto pretende regular los horarios y espacios de venta de alcohol, además reiteró que está totalmente prohibido el consumo de alcohol en vía pública, además de que esté decreto se implementarán durante la temporada de la feria de Tlaxcala y fiestas de todos los santos.

Además a través de este decreto se establece que son al menos 150 m de distancia los establecimientos que podrán vender alcohol cerca de instituciones educativas,

Los establecimientos deberán permanecer abiertos dentro del horario autorizado: bares, cervecerías, salas de degustación y cervecerías artesanales de domingo a jueves de 10:00 a 01:00 horas del día siguiente, viernes y sábado en un horario de 10:00 a 02:00 horas del día siguiente.

Billares, baños públicos y boliches de 11:00 a 23:00 horas; pulquerías de 11:00 a 19:00 horas; depósitos, agencias, distribuidoras, destilerías y boutiques de cerveza artesanal de 10:00 a 23:00 horas; supermercados, minisúper, tiendas departamentales, tiendas de conveniencia, abarrotes, misceláneas, tendajones, licorerías y vinaterías de 9:00 a 23:00 horas.

Así como restaurantes y restaurantes–bar, cuya actividad preponderante sea la transformación y venta de alimentos, de domingo a jueves de 11:00 a 01:00 horas del día siguiente, viernes y sábado de 11:00 a 02:00 horas del día siguiente; fondas, cafés, cenadurías, taquerías, antojerías y similares de domingo a jueves de 11:00 a 01:00 horas del día siguiente, viernes y sábado de 11:00 a 02:00 horas del día siguiente; entre otras determinaciones que entrarán en vigor a partir de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

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