Con los cambios los artículos 125 y 126, de la ley de los trabajadores al servicio de los gobiernos estatal y de los municipios, así como de los organismos descentralizados, del estado, queda garantizado el derecho al debido proceso para trabajadores de ambas instancias.
Así lo dio a conocer la diputada local del Partido Encuentro Social Hidalgo, Viridiana Jajaira Aceves Calva, quien manifestó que a medio año de haber presentado ante el pleno del Congreso del Estado la propuesta, finalmente la semana pasada fue aprobada con 25 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el dictamen señala que se adicionan y reforman dos artículos.
El dictamen señala que se adicionan y reforman los artículos 125 y 126, quedando como sigue: El Artículo 125: los trabajadores podrán comparecer por sí o por representantes acreditados mediante simple carta poder, mientras que en el segundo se establece que las partes podrán comparecer acompañadas de los asesores que a su interés convenga”.
Respecto al 125, añadió los representantes acreditados por simple carta poder, deberán, además: acreditar ser abogados o licenciados en derecho con cédula profesional, o personas que cuenten con carta de pasante vigente, expedida por la autoridad competente para ejercer dicha profesión. Solo se podrá́n autorizar a otras personas para oír notificaciones y recibirlas.
En caso de que el tribunal note el desconocimiento del profesionista o pasante en el derecho laboral deberá cuestionar a las partes si es su deseo continuar con ese profesionista o de lo contrario darle vista a la procuraduría de la defensa del trabajo para el caso de que, si es trabajador o al superior del ente del estado demandado, si es el patrón”.
Por último refirió que en éste caso se garantizará que los asesores que representen a las y los trabajadores estén debidamente preparados para defender los asuntos que les asignen con la finalidad de fortalecer las garantías de las y los trabajadores al momento de enfrentar una situación de carácter laboral.
- La iniciativa fue presentada por Aceves Calva, en marzo del presente año, turnada a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales para su análisis y luego presentada ante el pleno para su aprobación.
- En el 126, se establece que los asesores que deberán reunir los requisitos que para los representantes acreditados por carta poder se pide en el artículo anterior.