Con la finalidad de evitar y acabar con los abusos en el cobro de intereses  por parte de instituciones bancarias, en los préstamos de dinero que realizan también algunos particulares, la diputada local del Partido Encuentro Social, Jajaira Aceves Calva, propone cambios al Código Civil del estado

La legisladora local añadió que es imperativo adecuar el artículo 2377 del Código Civil de la entidad para incluir la limitación a la situación que genera exceso de interés en las operaciones de crédito otorgados por alguna institución bancaria o entre particulares los cales en algunos casos se convierten en impagables y los deudores perseguidos.

Se debe tomar en cuenta que el propósito de contratar un crédito posibilita a los clientes potenciales de elegir el crédito que más le conviene, lo cual no ocurre entre particulares, donde no es posible comparar costos anuales totales, sino simple y llanamente, en su consideración solo tiene en cuenta el monto, la tasa de interés y la fecha de vencimiento, por lo que se debe pagar lo que solicitan e imponen”.

Añadió que en materia civil no se puede atender el Costo Anual Total previsto en los indicadores básicos de las tarjetas de crédito, mismo que alude a una medida del costo de un financiamiento porque incorpora todos los costos y gastos inherentes del crédito, al igual que la periodicidad de los pagos, amortizaciones, intereses ordinarios, comisiones, cargos y primas de seguros requeridas para el otorgamiento del crédito, todo esto pactado a través de un contrato, pero entre particulares el CAT no es un indicador idóneo de proporcionalidad de intereses.

Es razonable que al apreciar el carácter excesivo de los intereses de un mutuo en favor de un particular y no de una entidad financiera, el juzgador tome como referente la Tasa de Interés Efectiva Promedio Ponderada (TEPP), porque ese indicador refleja la compensación promedio que el suscriptor habría tenido que cubrir en el mercado financiero por el otorgamiento de un crédito cuyo riesgo de impago es similar al litigioso”.

De acuerdo con la legisladora, ante tal situación, propone reformar el Código Civil en el caso del crédito otorgado se puede atender a la Tasa de Interés Efectiva Promedio Ponderada (TEPP) relacionada con créditos resolventes asociados con tarjetas de crédito para evitar abusos a la ciudadanía.

La propuesta, es reformar y adicionar un segundo y tercer párrafo al artículo 2377 del Código Civil vigente para el Estado de Hidalgo”. Jajaira Aceves Calva.

  • La legisladora reiteró en todo momento que de esta manera se busca dar respuesta a la demanda de las personas que sufren abusos de las instituciones bancarias y de prestamistas.