Por unanimidad, la Sala Superior del TEPJF confirmó el Acuerdo INE/CG170/2020 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se establece la fecha de la Jornada Electoral de los Procesos Electorales Locales en Coahuila e Hidalgo y aprueba reanudar las actividades inherentes a su desarrollo.
En ese sentido, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación consideraron infundados los argumentos emitidos por el Partido Acción Nacional (PAN) y Morena referente a los proceso electorales.
Al respecto, el PAN señaló que el INE no garantizó el derecho a la salud del personal como de la ciudadanía al reanudar los procesos y establecer fechas para la jornada electoral, así como el carecimiento atribuciones para ordenar los plazos el proceso electoral, puesto que eso le compete al congreso local.
En tanto que, Morena refirió que el INE debió consultar a las autoridades sanitarias, previo a establecer la fecha de la jornada electoral, puesto que esta se fijaría con base en las determinaciones del Consejo de Salubridad y esto no ha sucedido.
Por lo anterior, el Consejo del INE concluyó que los argumentos emitidos por los partidos políticos son infundados, de modo que las y los magistrados acordaron la confirmación del acuerdo impugnado.
Asimismo, indicaron que el INE no estaba obligado a consultar al Consejo de Salubridad ni a la Secretaría de Salud por tratarse de una cuestión que atiende a su ámbito de competencia, de forma exclusiva, aunado a que sí valoró la información existente emitida por las autoridades en materia de salud.
“Es indispensable reanudar el proceso electoral con las medidas sanitarias correspondientes para evitar contagios y que el INE cuenta con facultades para establecer la fecha en que los ayuntamientos electos en Hidalgo deben tomar posesión”, concluyeron.