Con el objetivo de prevenir riesgos a la salud de la población, la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Hidalgo (Copriseh) emitió una serie de requisitos para el funcionamiento de establecimientos que ofertan la aplicación de pruebas rápidas para la detección de Covid-19.
A través de un comunicado, la dependencia informó que, derivado de la emergencia sanitaria, se ha identificado el incremento de negocios, con giro diferente a laboratorios de análisis clínicos, como consultorios y farmacias, que comercializan la aplicación de pruebas rápidas Covid-19.
Dichos comercios deberán contar de manera obligatoria con el Aviso de Funcionamiento de Laboratorios de Análisis Clínicos y su respectivo Responsable Sanitario; así como, un Manual de Procedimientos, en donde se indique como se almacenan, se aplican y se desechan las pruebas.
El personal que realice la toma de muestras en dichos establecimientos tendrá que estar debidamente capacitados, con un documento que lo avale y observar en todo momento las medidas sanitarias para su protección.
En cuanto a la emisión de resultados, se realizará de forma escrita, como lo indica la NOM-007-SSA3-2011 para la organización y funcionamiento de laboratorios clínicos; además, los establecimientos tienes la obligación de notificar diariamente a la Secretaría de Salud de Hidalgo todos los casos positivos al correo covid_19@yahoo.com, para el registro, notificación y seguimiento de casos.
Finalmente, la Copriseh señaló que mantendrán acciones de vigilancia sanitarias para supervisar el cumplimiento de todas las disposiciones emitidas.