Con la finalidad de incluir la diversidad y el derecho a la identidad entre las juventudes del estado para asegurar el pleno derecho de sus individualidades en materia de reconocimiento a la diversidad étnica, rural, sexual, de género, funcional y etaria como principio rector de la ley, los diputados del grupo legislativo del PRI, presentaron ante el pleno del Congreso local una iniciativa de ley que reforma la Ley de la Juventud del estado.
En tribuna, el legislador del tricolor Julio Valera Piedras señaló que con estos cambios se busca reconocer la libertad de elegir de forma autónoma quien quiere ser con el fin de cumplir las metas y objetivos que se ha fijado, de acuerdo a su proyecto de vida, además de que también hay personas jóvenes que componen la diversidad funcional, es decir, donde se reconoce que cada persona cuenta con determinadas capacidades, y las autoridades, la sociedad y las familias, diseñan métodos inclusivos para el libre ejercicio del desarrollo de la autonomía.
“En primer término, se reconoce a la diversidad étnica, rural, sexual, de género, funcional y etaria como principio rector de la ley, además, se establece dentro de la Ley que, en materia de identidad, las juventudes tienen derecho a la nacionalidad; a pertenecer a un pueblo originario; a contar con documentos de identidad e identificación; al respeto por su género, imagen, pertenencia cultural o social, orientación sexual, identidad de género o expresión de género”.
Al mismo tiempo, refirió el artículo Quinto de la Constitución Política del Estado, reconoce que las juventudes tienen derecho a lograr un desarrollo integral, mismo que podrá alcanzarse a través de la protección de los Derechos Humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los Tratados Internacionales de los que nuestro país sea parte.
Destacó que estas reformas consistentes en la interacción cultural de distintos grupos humanos que de acuerdo con factores como el origen, la posición geográfica, la religión, familia, entre otras, constituyen una forma y expresión de vida, jóvenes cuya vida se desarrolla en torno al mundo rural, habitando zonas rurales o poblados adyacentes, se dediquen o no a actividades rurales, generalmente en comunidades que no exceden los cinco mil pobladores.