Matices y claroscuros
Salvador Franco Cravioto
…desde que el objeto de la justicia es siempre el derecho de alguien {ius},
existen derechos a los que tiene título cada miembro
de nuestra especie: los derechos humanos
John Finnis
Ante el panorama contemporáneo de superación de ideologías y el intento global de universalizar la democracia “sin adjetivos”, entendida esta como un sistema político basado en principios, valores y reglas básicas de civilización comunes a toda la humanidad, surge la pregunta y el planteamiento sobre la neutralidad de los derechos humanos, así como el cuestionamiento sobre los mismos acerca de su alcance en cuanto a su prevalencia ontológica como materia jurídica o bien como enfoque sociopolítico y humanístico.
La democracia no se finca exclusivamente en los principios de igualdad o de libertad universal recogidos de la Revolución Francesa de 1789, sino también en la idea de que el bien público debe estar por encima de la ideología individual y del interés personal, por legítimos y respetables que estos sean. En la democracia representativa de los modernos, se puede no estar a favor en lo personal, y sin embargo votar a favor como representante político de la sociedad en un determinado tema o issue, por ejemplo, el aborto, ya que el beneficio social de su regulación e incluso de su despenalización en ciertas condiciones, está claramente por encima de la opinión de quienes partiendo de una base ideológica niegan la existencia de este derecho humano de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo en ambientes de seguridad e higiene, en oposición a las riesgosas prácticas que se viven frecuentemente en la clandestinidad.
Tampoco es menester negar que este y otros tantos temas de interés público dejarán de constituir asuntos controversiales y hasta grandes dilemas éticos y jurídicos que conllevan conflictos de derechos o valores y que por tanto deben seguir siendo -por la ruta democrática- estudiados, discutidos y revisados, tanto por los expertos en la materia, los científicos, los filósofos, los abogados y los políticos, como por la sociedad en general. Sin embargo, aunque tampoco podríamos refutar de manera absoluta la existencia per se de un bloque constitucional y convencional de derechos humanos fundamentales, sí afirmamos que la resolución justa y a la vez pragmática de estas problemáticas sociales se hace un tanto menos difícil cuando estas se analizan a la luz de un enfoque o perspectiva de derechos humanos.
La inteligencia es la habilidad de los seres pensantes para resolver problemas y adaptarse a la constante de los cambios. Sobre la tesitura de una sociedad humana en incansable evolución, los casos difíciles que involucran conflictos de derechos fundamentales pueden lograr un desenlace favorable, apegado al Estado Constitucional e incluso de amplio consenso social, si son vistos con una perspectiva mucho más integradora que trascienda el parco aunque necesario bloque normativo de reconocimiento de los derechos humanos, el cual ha sido positivado por un orden jurídico tanto nacional como internacional y por lo tanto goza de plena validez y legitimidad democrática.
Antonio Truyol y Serra intentó conceptualizar inteligentemente a estos derechos como “fundamentales que el hombre posee por el hecho de serlo, por su propia naturaleza y dignidad. Son derechos que le son inherentes y que, lejos de nacer de una concesión de la sociedad política, han de ser consagrados y garantizados por esta”. Partiendo de este planteamiento ontológico que atribuye diferencias notables de rango, profundidad, esencia y primacía de los derechos humanos fundamentales sobre otros bloques de derechos, facultades y obligaciones que atiborran el orden jurídico existente, podemos decir en suma que si bien para fines convencionales y académicos los derechos humanos suelen ser situados en el contexto de una rama o materia de la “ciencia” jurídica, estos podrían ser considerados de manera mucho más acertada como un enfoque paradigmático, con pretensiones de universalidad, sustentado en normas fundamentales de carácter transversal que impactan todas las actividades relacionadas con la conducta humana y, especialmente, a la relación del gobernado frente al poder político, con base en un mínimo de satisfacción de necesidades básicas y de respeto a la dignidad humana.