El presidente del Tribunal Electoral del estado (TEEH), Leodegario Hernández, señaló que en más de 16 días de campaña han llegado al organismo más de cien juicios ciudadanos, la mayoría fueron enviados desde la Sala Regional del Tribunal Electoral de la Ciudad de México del (TEPJF).

Señaló que debe existir sensibilidad de parte del Instituto Estatal Electoral (IEEH) en el caso de resolver acciones afirmativas, ya que son personas que argumentan pertenecer a un grupo vulnerado como indígenas y con discapacidad. Por lo que si existen casos similares, sean revisados de acuerdo con los parámetros emitidos por el TEEH.

En el caso de los juicios TEEH/JDC/131/2024 y TEEH/JDC/177/2024, los promoventes se quejaron de que el acuerdo 080/2024 del IEEH carece de perspectiva intercultural al estimar que existió una indebida declaración calificada indígena. Por su parte el IEEH manifestó que su actuar fue apegado al actuar interno, local, federal y constitucional.

En este sentido el tribunal resolvió que los agravios de Román Adalberto Juárez resultaron imprecisos, subjetivos e ineficaces.

Al resolver los juicios ciudadanos TEEH/JDC/157/2024, TEEH/JDC/175/2024/ y TEEH/JDC/232/2024 los demandantes María de Jesús García, Sonia Medrano y Daniela Estefanía solicitaron que se revoque la determinación que se tomó en el acuerdo y se permita una valoración de la documentación de los aspirantes.

Argumentaron que existió una incongruencia o trato diferenciado para que les negaran la candidatura y acusaron que existió una incongruencia o trato diferente en comparación de quienes sí fueron aprobados, y les vulneraron la garantía de audiencia para verificar una discapacidad permanente.

Por lo que el TEEH resolvió que los agravios fueron suficientes para alcanzar sus pretenciones.

Respecto al TEEH/JDC/221/2024 el demandante señaló que el IEEH vulneró sus derechos político-electorales luego de que el IEEH calificó como reserva las posiciones de cuarta regidora suplente así como la posición octavo de regidora propietaria y suplente de la planilla del candidato independiente Noe Paredes Meza de Tula.

Por lo que el IEEH argumentó que reservó dichas posiciones, ya que no se contaban con las ratificaciones a las renuncias, por lo que se declaran fundados los agravios y se revoca la impugnación.

El magistrado Leodegario Hernández exhortó al IEEH no imponer cargas adicionales a grupos vulnerables que generen actos de discriminación: «la autoridad responsable queda vinculada a efecto de que con posterioridad los asuntos que guarden similitud con el presente realice un análisis integral y circunstancial a fin de respetar la autoadscripción que realicen las personas y recomendo que verifiquen que estén libres de vicios».