Por: Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo

Los gobiernos del nivel municipal tienen una gran responsabilidad de garantizar el respeto a los derechos humanos en la detención temporal de personas por faltas administrativas. Esto incluye proporcionar condiciones adecuadas en las Áreas de Detención Municipal (ADM), como es brindar instalaciones higiénicas, garantizar la seguridad e integridad física y acceso a atención médica en caso de ser necesario. También deben asegurar el trato digno y evitar cualquier forma de maltrato, abuso o discriminación. Además, deben cumplir con protocolos establecidos para la detención, traslado y custodia de las personas asegurando transparencia en todas las acciones relacionadas con la detención.

Desde 2023 la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo (CDHEH) impulsa el término Áreas de Detención Municipales, para referirse justamente a los espacios destinados para la detención temporal de personas que hayan cometido alguna infracción administrativa, los cuales deberán contar con las condiciones mínimas de estancia digna y que están a cargo de los gobiernos municipales.

Contar con espacios seguros, equipados y dignos en las Áreas de Detención Municipal (ADM) es esencial para garantizar el respeto a los derechos humanos de las personas detenidas. La falta de capacitación al personal y las deficientes condiciones físicas del lugar pueden resultar en violaciones a derechos humanos, tales como maltrato, omisión o negligencia, que no solo afectan la integridad física y psicológica de las personas detenidas, sino que también minan la confianza de la sociedad en las instituciones de seguridad pública.

En este sentido a través de la Recomendación General RG-0002-23 la CDHEH observó y señaló detalladamente cada uno de los aspectos que deben atenderse en las ADM de Hidalgo, la intensión es mejorar las condiciones en estas áreas, subrayando la necesidad de una vigilancia constante, capacitación al personal y un seguimiento riguroso de los puntos recomendatorios alineados con los más altos estándares establecidos. Esto no solo protege la integridad de las personas que llegan a estos espacios, sino que su cabal cumplimiento podría prevenir que se repitan casos de violaciones graves a los derechos humanos.

Ana Parra Bonilla, Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo, dio a conocer en rueda de prensa tres recomendaciones a los Ayuntamientos de Chapulhuacán, Tlahuelilpan y Tulancingo de Bravo, todas tienen el denominador común de haber ocurrido violaciones a derechos humanos en sus ADM.

En la Recomendación R-VJ-0008-24, en contra de oficiales de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Chapulhuacán, la persona quejosa señaló que luego de la detención a la víctima directa que se encontraba en estado de ebriedad y conducía a exceso de velocidad; hechos por los cuales fue detenido, se le trasladó al Centro de Salud de Chapulhuacán sin embargo, al concluir las personas servidoras públicas responsables no le colocaron los candados de mano a la víctima y así fue trasladado al Área de Detención Municipal (AMD), al llegar al estacionamiento de la Presidencia Municipal la víctima bajó de la patrulla y corrió hacia unas escaleras a donde dijeron las responsables que el agraviado cayó y se golpeó la cabeza teniendo como resultado un traumatismo craneoencefálico.

Durante la investigación, esta Comisión recopiló diversos elementos de prueba, incluyendo el expediente clínico y se presentaron diligencias al personal de la Unidad Especializada de Investigación en Tortura (UNIT) para emitir opiniones técnicas sobre el caso. Por lo anterior este Organismo analizó el contexto de las violaciones a derechos humanos concluyendo que las personas servidoras públicas de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Chapulhuacán cometieron omisiones durante la detención y traslado del agraviado.

La segunda recomendación presentada fue la R-TA-0009-2; luego de que a través de facebook se diera a conocer que un hombre se había quitado la vida cuando estaba detenido en el Área de Detención Municipal de Tlahuelilpan; queja a la cual, posteriormente, se adhirió la una de las víctimas indirectas. Asimismo, este Organismo se allegó de todos los elementos de prueba y analizó el contexto de las violaciones a derechos humanos concluyendo en que el presidente Municipal Constitucional, la conciliadora Municipal, así como las personas servidoras públicas de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Tlahuelilpan.

En cuanto a la Recomendación R-TB-0010-24, dirigida al Ayuntamiento Municipal de Tulancingo de Bravo, derivado del fallecimiento de un hombre en el ADM del mismo municipio, esta Comisión se allegó de todos los elementos de prueba y a su vez analizó el contexto de las violaciones a derechos humanos, determinando que policías, juez calificador y entonces médico de guardia, respectivamente, de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de Tulancingo de Bravo, incurrieron en los hechos violatorios

En estos casos los hechos violatorios incluyen el Derecho a preservar la vida humana; el Derecho a no ser sometido a violencia institucional; Derecho a la suficiente protección de la persona; Derecho a la debida diligencia; Derecho a una valoración y certificación médica; Derecho a recibir atención médica, psicológica y tratamiento especializado.

La rueda de prensa puede sintonizarse en las redes sociales oficiales de la CDHEH en el siguiente enlace:
https://www.facebook.com/CDHEHidalgo/videos/1020701865785771.

A su vez te invitamos a visitar el micrositio de Diagnóstico de ADM ́s, donde puedes conocer los datos recabados por este organismo autónomo: https://cdhhgo.org/diagnostico-2022/.