La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) aclaró que es falsa la información que circula en redes sociales sobre una supuesta lista oficial de alimentos que se pueden ingresar a los cines.
En su comunicado, PROFECO reiteró que aunque los consumidores no están obligados a comprar alimentos dentro del cine, cada establecimiento tiene el derecho de marcar sus propios términos y condiciones sobre el consumo de productos externos.
El artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor establece que los proveedores no pueden condicionar la venta de un servicio por razones de género, etnia, religión u otras particularidades relacionadas a la discriminación.
Sin embargo, el titular de la Procuraduría, Iván Escalante Ruíz, explicó que al momento de adquirir un boleto, el cliente acepta las reglas del cine, lo que permite que estos restrinjan el ingreso con comida externa.
“Si en el contrato de adhesión o en las condiciones está que no puedes ingresar con alimentos, tienes que cumplir con ese contrato, si no, finalmente, no vayas a ese cine, ve algún otro que no tenga esta limitación”, mencionó.
En cuestión a las inspecciones de mochilas en los accesos, el titular recordó que es ilegal obligar a un consumidor a mostrar sus pertenencias, aunque los cines pueden solicitarlo de manera voluntaria.
“Revisar mochilas, es ilegal; pedirle que enseñe el contenido de la mochila o del bulto o el paquete pactado a voluntad, está bien, sí se puede hacer, pero de ningún motivo obligar al consumidor a hacerlo”, declaró.