Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) resolvió que en los ayuntamientos de Ajacuba y Mineral de la Reforma se vulneró el derecho de petición y de acceso a la información de integrantes de sus cabildos, al omitir la entrega de documentación solicitada, por lo que ordenó cumplir la sentencia en un plazo máximo de cinco días.

En el análisis del expediente TEEH-JDC-08-2026, los magistrados determinaron que la alcaldesa de AjacubaZitlaly Zúñiga, deberá entregar la información requerida en un tiempo máximo de cinco días a partir de la notificación, a fin de evitar medidas de apremio previstas en el artículo 380 del Código Electoral.

La documentación que deberá proporcionar la alcaldía a los regidores es relativa a recursos humanos y nómina, gastos y contrataciones, así como información financiera y de fondos, entre otros rubros.

Los demandantes señalaron que la alcaldesa no les entregó la información pese a que presentaron diversos oficios los días 31 de octubre y 6 de noviembre de 2026, por lo que acudieron al organismo jurisdiccional que confirmó la vulneración a su derecho de petición y acceso a la información.

La alcaldesa había argumentado que no tuvo conocimiento oportuno de dichas solicitudes y que estas se encontraban en análisis, razón por la cual no entregó la información a tiempo hasta que fue impugnada, sin embargo los magistrados desecharon su justificación.

Mineral de la Reforma

Por otro lado los magistrados ordenaron que el ayuntamiento de Mineral de la Reforma otorgue información a la regidora del PAN, Marlene Puertas Ramírez, relativa a contratos, licencias, arrendamientos, carpetas de investigación contra un expresidente municipal, así como actas de entrega-recepción de exfuncionarios de secretarías generales y tesorerías.

También deberá proporcionar actas de sesiones de cabildo y documentación sobre gestiones de mantenimiento en diversas colonias, relacionadas con alumbrado público, áreas verdes y trabajos de bacheo.

En el expediente TEEH-JDC-017-2026 indica que Puertas Ramírez señaló omisión en la entrega de dicha información tras la realización de 17 solicitudes, ya que la autoridad responsable argumentó carga excesiva de trabajo, alto volumen de documentos y la falta de notificación de un domicilio por parte de la regidora para recibir información.

Las magistraturas respaldaron el proyecto presentado y determinaron que la autoridad responsable contará con cinco días para entregar la información, la cual deberá ser notificada al TEEH una vez cumplido el requerimiento. Cabe destacar que la respuesta deberá ser expedida por diez áreas de dicha administración municipal.