A fin de evitar discriminación a hombres viudos, evitar que se actúe en perjuicio en del hombre al imponerle cargas adicionales y desiguales a las mujeres, y que se avale el otorgamiento de pensión por viudez sin distinción de género, los diputados locales del grupo legislativo del Partido Revolucionario Institucional, presentaron ante el pleno del Congreso del estado una iniciativa de reforma a ley del Seguro Social.
Durante los trabajos de sesión ordinaria número 61 de la sexagésima cuarta legislatura local, la coordinadora de dicho gripo legislativo María Luisa Pérez Perusquía, manifestó que en su caso, la pensión de viudez no se debe recibir en función de los roles tradicionales de género, sin embargo, del Artículo 130 se desprende que el derecho del viudo o concubinario a recibir la pensión por viudez, está condicionado a acreditar que dependía económicamente de la asegurada o pensionada por invalidez al momento del deceso.
“Con la presente iniciativa, tendrá derecho a la pensión de viudez la persona con quien se encontraba casada la o el asegurado o pensionado por invalidez , a falta de matrimonio, tendrá derecho a recibir la pensión, la persona con quien la o el asegurado o pensionado por invalidez vivió en concubinato durante los cinco años que precedieron inmediatamente a la muerte de aquella o aquel, o con la persona que hubiera tenido hijos, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato”.
La legisladora, añadió que se han presentado casos donde el hombre cuya esposa fallece después de haber trabajado y cotizado durante varios años en el IMSS, al momento de promover el otorgamiento de la pensión por viudez, se le niega por estar condicionado a acreditar que se encuentra totalmente incapacitado y que dependía económicamente de su pareja fallecida.
“El IMSS, es la institución de seguridad social más importante en México, la cual combina la excelencia en investigación, práctica médica y administración de los recursos para el retiro de sus aseguradas y asegurados, y una de las finalidades de las aportaciones que los trabajadores y asegurados realizan durante sus años productivos, es el garantizar para sus beneficiarios tanto hombres y mujeres, la subsistencia después de su muerte”.
Por último, la legisladora manifestó que la actual redacción de la ley en la materia, además de violentar derechos humanos contemplados en la Constitución Federal, como el de igualdad y no discriminación, también reproduce estereotipos de género que evitan que las mujeres y los hombres salgan de los roles tradicionales que se les han impuesto.