La Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo continúa aplicando el operativo “Aire Limpio”, acción que busca reducir las emisiones contaminantes de los vehículos automotores, a través de la detección, detención y sanción de aquellos que son ostensiblemente contaminantes o no porten holograma vigente.
Estos operativos se realizan en todo el estado de Hidalgo, principalmente en las zonas con mayor concentración de parque vehicular, los cuales se pueden llevar a cabo en coordinación con la Secretaría de Seguridad Pública o tránsito municipal según corresponda el municipio.
Los municipios donde se han realizado estos operativos comprenden Pachuca, Mineral de la Reforma, Tizayuca, Tulancingo, Tula de Allende, Atotonilco el Grande, Tepeji del Rio, Atitalaquia, Atotonilco de Tula, Tepeapulco, Apan, Huichapan y Zimapán.
Para ello, se utilizan 7 patrullas equipadas con características específicas y 14 elementos (ecoguardas), son quienes realizan estas revisiones.
En estos operativos, han sido sancionados 3 mil 318 conductores por no portar los hologramas de verificación, mientras que 54 han recibido sanción por contaminar ostensiblemente, dando un total de 3 mil 372sancionae hasta el momento.
El secretario de medio Ambiente, Benjamín Rico, recordó que de acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, en su artículo 30 manifiesta que corresponde a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales estatal diseñar, expedir, ejecutar, conducir, coordinar, evaluar y difundir la política, los programas, acciones y estrategias sectoriales o estatales de preservación, protección, restauración y aprovechamiento del medio ambiente, de conformidad con la legislación y normatividad aplicable.
Además, en la Ley para la Protección al Ambiente, en el Artículo 131 para la prevención y control de la contaminación ambiental se consideran los siguientes criterios: las emisiones de contaminantes de la atmósfera sean de fuentes fijas, naturales o móviles, deben ser reducidas y controladas para el bienestar de la población y el equilibrio ecológico.
Abundó que en esta ley se señala que las emisiones de contaminantes generadas por fuentes móviles, que circulen en el territorio estatal, no deberán rebasar los límites máximos permisibles señalados en las normas oficiales o normas técnicas ecológicas estatales, por lo que Semarnath, la procuraduría o los ayuntamientos, podrán limitar la circulación de vehículos automotores en el estado de hidalgo, incluyendo los que cuenten con placas expedidas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por otras entidades federativas o por el extranjero, para prevenir y reducir las emisiones contaminantes, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Añadió que si los vehículos en circulación rebasan los límites máximos permisibles de emisiones contaminantes fijadas por las normas correspondientes, no portan el certificado de verificación vehicular vigente o son ostensiblemente contaminantes, serán retirados de la circulación por la secretaría, la procuraduría o los ayuntamientos, hasta que acredite su cumplimiento.
Al propietario del vehículo que incumpla con las normas oficiales mexicanas o las normas técnicas ecológicas estatales, se le da un plazo de treinta días naturales para hacer las reparaciones necesarias y presentarlo a una nueva verificación y tres días hábiles para el caso de aquellos vehículos que no cuenten con la verificación vehicular vigente.
Semarnath recordó que la sanción por vehículo en circulación que no porte el holograma de verificación, se le cobrará 10 días de salario mínimo vigente en el estado, que son 845 pesos; mientras que los vehículos ostensiblemente contaminantes tiene una sanción equivalente a 20 UMA, que son mil 690 pesos.