La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la reforma del Congreso del estado de Hidalgo que buscaba modificar la Ley Orgánica de la máxima casa de estudios para poder nombrar un titular de su Órgano Interno de Control.

Esto ocurrió cuando la Segunda Sala de la SCJN confirmó el amparo que otorgó un juez de distrito a la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH), pues con base en los artículos 3, fracción VIII, y 113 de la Constitución Federal debe existir un equilibrio que permita que el Estado realice adecuadamente las fiscalizaciones de recursos públicos a lo que se refiere el Sistema Nacional Anticorrupción y que, a su vez, permita a la UAEH ejercer la autonomía que le es inherente.

El pasado 5 de octubre de 2017 el Congreso local aprobó la reforma que permitía designar el órgano de control externo en distintos organismos públicos descentralizados, entre ellos la UAEH, sin embargo, la institución se amparó al considerar que dicha normativa violaba su autonomía.

En consecuencia, el 16 de noviembre del 2017 la UAEH interpuso un amparo contra los actos del Congreso del Estado de Hidalgo, reclamando la iniciativa, discusión, aprobación, sanción y promulgación de los artículos 50, 50 bis, 50 Ter, 50 Quater, y 50 Quinquies, de la Ley Orgánica de la Universidad, modificados, reformados y adicionados mediante Decreto 228 publicados en el Periódico Oficial del Estado.

El 21 de noviembre de 2017 se admitió la demanda de amparo y se dio el cauce respectivo; Inconformes con la decisión adoptada en la sentencia, la autoridad responsable, Congreso del Estado de Hidalgo, interpuso recurso de revisión, y la parte quejosa, revisión adhesiva. Dichos medios de defensa fueron remitidos al Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito, para su conocimiento; mismo que solicitó Tribunal reasumiera su competencia originaria.