Pachuca.- Declara el Tribunal Electoral del Estado fundados los agravios presentados por dos ciudadanos de diferentes Tulancingo quienes tras acreditarse como indígenas acusaron la negativa del ayuntamiento de esa demarcación para que los habitantes de los pueblos  originarios tengan una representación municipal.

En sesión pública, el magistrado ponente Manuel Alberto Cruz Martínez, manifestó que luego de un análisis a fondo del expediente TEEH-JDC-016/2020 iniciado por la inconformidad de Eric Téllez Hernández y José Melitón Téllez Barrera, quienes se acreditaron como indígenas de las colonias Guadalupe y Tepalcingo, respectivamente, se determinó darles la razón.

“El pleno del Tribunal electoral del Estado, declaró fundados los agravios expuestos por Eric Téllez Hernández y José Melitón Téllez Barrera, indígenas de las colonias Guadalupe y Tepalcingo del municipio de Tulancingo, quienes acusaron de omisión al ayuntamiento local para responder su solicitud, de fecha 27 de enero del presente año, a fin de que las comunidades indígenas cuenten con una representación ante el mismo”.

A decir del funcionario electoral, se determinó ordenar al Ayuntamiento de Tulancingo para que por conducto de su sindica dé respuesta al escrito de forma clara, precisa y congruente en un plazo no mayor a tres días y dentro de un plazo similar remita constancias del cumplimiento de sentencia.

“Así también, para que en un periodo no mayor de diez días emitan una convocatoria en Náhuatl y Otomí dirigida a habitantes de las colonias Guadalupe y Tepalcingo, la publiquen y difundan durante siete de siete días posteriores en espacios públicos, estrados y medios tradicionales de las comunidades, concluya el proceso electivo en 30 días tras publicación de la convocatoria”

De igual manera, a decir del magistrado, se determinó que dicha representatividad indígena deberá ejercer de manera inmediata sus funciones tras su reconocimiento y la autoridad correspondiente dar constancia del reconocimiento y entrada en funciones, mediante constancias en un término de 24 horas.