En el estado de Hidalgo sí existen sanciones para aquellas personas, que sabiéndose enfermas, pongan en peligro de manera intencionada la salud de otras personas, con castigos que implican multas económicas y hasta pena de cárcel.
En el titulo segundo, referido a Delitos de peligro para la vida o la salud de las personas, contenido en el Código Penal del estado de Hidalgo, se encuentra el Capítulo IV, Peligro de contagio de enfermedades, donde de acuerdo con el Artículo 162, se establece: Al que sabiendo que padece algún mal grave y transmisible y de manera intencional ponga por cualquier medio en peligro de contagio la salud de otro, se le impondrá de dos a seis años de prisión, multa de 20 a 120 días y tratamiento curativo obligatorio en institución adecuada.
El Código Penal indica que si la puesta en peligro es violando un deber de cuidado, se impondrá la mitad de la punibilidad y el mismo tratamiento curativo obligatorio, si el peligro de contagio se da entre cónyuges o concubinos, sólo se procederá por querella del ofendido.
Advierte la ley que se impondrá prisión de cinco a quince años y multa de 50 a 250 días, al que utilice medios directos y eficaces de propagación de enfermedades.
Estas sanciones están previstas en el Código penal del Estado de Hidalgo, que fue expedido por el entonces gobernador Adolfo Lugo Verduzco en 1990, y fue modificado el 24 de julio de 2017.
Esto implicaría que en Hidalgo, a quienes de manera irresponsable se les ocurra intentar algunos retos que pueden poner en peligro la salud de los demás, los cuales se han visto en las últimas fechas por algunos tontos en internet, en Hidalgo son prácticas que pueden ameritar pena de cárcel.