Por unanimidad de votos, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) declaró como inexistente la violencia política en razón de género denunciada por la regidora Griselda Bautista, mediante un procedimiento especial sancionador, contra el alcalde de Lolotla, Ernestino Melo, y otros miembros del ayuntamiento.

En sesión virtual, la magistrada presidenta del TEEH, Rosa Amparo Martínez Lechuga, respondió a los cinco actos que presentó la regidora, quien en diciembre del 2021 obtuvo una sentencia a su favor por el tribunal luego de ser destituida de su cargo el pasado 11  de noviembre por presuntas inasistencias.

En primer lugar, Griselda Bautista alegó haber sido destituida por razón de su género, sin embargo, la magistrada explicó que el hecho fue exclusivamente administrativo, sin que se haya apegado u obedecido a razones de género; asimismo, se descartó que la demandada haya sufrido un trato diferenciado en la conformación de las comisiones del cabildo.

“En las copias de actas de 34 sesiones que Lolotla realizó, se observó que la quejosa sí tuvo voz en los actos, además de que realizó manifestaciones, anotaciones y hasta haber firmado dicha documentación; en el tema de haber sido denigrada por el alcalde, las pruebas aportadas y recabadas no fue acreditada la conducta, pese al principio de presunción, además de que el señalado negó haberse conducido de tal manera”, mencionó Amparo Lechuga.

Finalmente, la magistrada del caso resolvió que no fue posible acreditar las denuncias presentadas y, aunque sí hubo omisiones en la destitución de la regidora, “ya fueron resueltas en un juicio de proyección de derechos político-electorales”, por el cual se ordenó al edil Ernestino Melo que restituyera el cargo a la quejosa.