En sesión pública virtual, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado (TEEH) dieron resolución a 15 expedientes, seis de ellos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y nueve procedimientos especiales sancionadores.

Como resolución al juicio JIN-02-PRI-002-2021, promovido por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), se resolvió como no procedente la nulidad de la elección extraordinaria en Acaxochitlán, dando validez al triunfo de la planilla de Erick Carbajal; mientras que se impuso una multa de 15 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) por la realización de actos de campaña cuando estaba legalmente impedido para hacerlo, hechos fijados en el expediente TEEH-PES-032-2021.

Para el juicio TEEH-JDC-102-2021, se declaró parcialmente fundadas las acusaciones de los regidores del ayuntamiento de Almoloya, Miguel Olvera y Nuvia Hernández Castillo, contra la presidenta municipal por la omisión de dar respuesta a las solicitudes presentadas y expedir información inherente al ejercicio del cargo de ambos funcionarios, por lo que, se ordenó a la edil entregar lo solicitado por los afectados en un plazo de cinco días.

Por otra parte, se resolvió el juicio TEEH-JDC-109-2021 para que la alcaldesa de Tizayuca, Susana Ángeles Quezada, haga del conocimiento de las y los integrantes del cabildo y, en su caso de discusión y aprobación, todos los convenios y contratos que tenga su administración.

Mientras que, la presidenta Rosa Amparo Martínez realizó una amonestación pública como parte de la resolución para los procedimientos TEEH-PES-047-2021, TEEH-PES-051-2021, TEEH-PES-052-2021, y TEEH-PES-046-2021 para Norberto Martínez, ex candidato de Podemos en el distrito local 7; Tatiana Ángeles, presidenta municipal de Actopan; Ana Castillo, regidora del municipio de Tepetitlán; y Armando Mera Olguín, alcalde de Progreso de Obregón.

Cabe señalar que se dio sobrecimiento al juicio JIN-XII-PRI-003-2021 y al procedimiento TEEH-PES-044-2021; además, los proyectos TEEH-JDC-112-2021 y TEEH-JDC-115-2021 fueron desechados por diferentes causas; mientras que, en los procedimientos TEEH-PES-030-2021, TEEH-PES-040-2021, TEEH-PES-048-2021 se declararon inexistentes las razones para su proceder.